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ORDENANZA Nº 3.403

Expediente HCD. Nº 2.911-D-04.-

 

VISTO

El Programa “Banco de Materiales para la Construcción Habitacional” implementada a través del Ministerio de Desarrollo Humano y Trabajo de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO

Que en el marco de este plan, ante la emergencia habitacional existente en la Provincia y que nuestra Comuna no escapa al problema, se realizó oportunamente por medio de encuestas socio-económicas, un relevamiento de prioridades destinado a la selección de las posibles familias destinatarias;

Que el Distrito posee un considerado índice poblacional con necesidades básicas insatisfechas, lo que trae aparejado la demanda de viviendas, dado la falta de recursos propios para afrontar alquileres o gastos para construcción;

Que este plan tiene como objetivo lograr que los beneficiarios del proyecto adquieran distintas capacidades y competencias que les permitan aprovechar su tiempo y los recursos disponibles en la comunidad; asumir una actitud de compromiso y colaboración, y conducirlos a resolver las situaciones problemáticas cotidianas y a tomar decisiones responsables;

Que este Municipio celebrará un Convenio con el mencionado Ministerio para la edificación de 2 Viviendas Cáscaras sobre terreno propio, por lo que es necesario ceder una fracción de terreno municipal a los adjudicatarios beneficiados con este plan;

Que atento el interés social que reviste el programa, corresponde se encuadren las adjudicaciones mencionadas en el marco de la Ley 10.830;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Adjudícase a la Señora BURGOS, Graciela Noemí, D.N.I. Nº 13.832.741, el terreno municipal ubicado en la Manzana 22, Solar Norte, Parcela 1, Sección D, del ejido de esta Ciudad, que mide 12.50 metros de frente, por 37,50 metros de fondo, cuya nomenclatura catastral se identifica como: Circunscripción XIII – Sección “D”, Manzana 311, parte del Solar 1, con destino a la construcción de una vivienda cáscara en el marco del programa de Emergencia Habitacional a través del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º: Adjudícase a la Señora FERNANDEZ, Adriana Julia, D.N.I. Nº 20.513.044, el terreno municipal ubicado en la Manzana 47, Solar Este, Parcela 4, Sección A, del ejido de esta Ciudad, que mide 12.50 metros de frente, por 25,00 metros de fondo, cuya nomenclatura catastral se identifica como: Circunscripción XIII – Sección “A”, Manzana 85, parte del Solar 2, con destino a la construcción de una vivienda cáscara en el marco del programa de Emergencia Habitacional a través del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 3º: La falta de cumplimiento de lo establecido en los Artículos que anteceden, producirá la caducidad de pleno derecho de la adjudicación otorgada.-

ARTICULO 4º: El trámite de escrituración de los bienes citados en los Artículos 1º y 2º, se realizará ante la Escribanía General de Gobierno, en el marco de la Ley 10.830.-

ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.403.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE MAYO DE 2004.-

 

 

 

 

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