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ORDENANZA Nº 3.406

Expediente HCD. 2.936-B-04.-

 

VISTO

La inquietud presentada por un vecino de esta Ciudad, haciéndose eco del sentir de la comunidad parroquial, con motivo de ser trasladados próximamente                los restos del Reverendo Padre Pedro Grande a su lugar de descanso definitivo, para conceder la permanencia a perpetuidad y sin cargo; y

CONSIDERANDO

Que durante toda su permanencia frente a la Parroquia demostró ser un trabajador incansable y guía espiritual de niños, jóvenes y adultos transmitiendo su fé tan arraigada y ejemplo de conducta austera;

Que su labor marcó una huella profunda, digna de ser transitada por las futuras generaciones;

Que es de destacar su espíritu humilde, solidario y comprensivo de las necesidades humanas;

Que supo interpretar en hechos concretos el sentir religioso de una comunidad;

Que fue partícipe activo, a través de los sacramentos, de la mayoría de las familias pringlenses;

Que el pueblo de Coronel Pringles considera justo rendirle un merecido reconocimiento;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a conceder la permanencia a perpetuidad y sin cargo, a los restos mortales de quien fuera Cura Párroco de nuestra ciudad, Reverendo Padre Pedro Grande, en su sepultura               definitiva.-

ARTICULO 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a hacer extensiva la disposición establecida en el Artículo 1º a todos los sacerdotes que descansan en el Cementerio de esta ciudad y de la localidad de Indio Rico.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.406.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO                DELIBERANTE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2004.-

 

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