Expediente HCD. Nº 3.209-D-05.-
VISTO
El Plan Regulador del Arbolado Público que figura en el Anexo I, elaborado por la Dirección de Espacios Verdes y Medio Ambiente, en cumplimiento de la Ley Provincial 12.276 y su Decreto Reglamentario Nº 2.386; y
CONSIDERANDO
Que es de fundamental importancia contar en el Distrito con un plan de mantenimiento y ampliación del arbolado público;
Que en ese plan se establecen actividades acordes con las disponibilidades de recursos, tanto presupuestarios como técnicos y humanos;
Que se ha determinado la existencia y ubicación de algunos ejemplares arbóreos que han provocado y provocan daños de consideración (tanto técnica como económicamente) a la red de agua corriente, desagües cloacales y pluviales y red de gas natural;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a poner en funcionamiento el Plan Regulador del Arbolado Público que figura en el ANEXO I de la presente.-
ARTICULO 2º: Exceptúanse del Plan Regulador, los ejemplares determinados en el listado que forma parte de la presente como Anexo II.-
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.501.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIUN DIAS DEL MES DE JULIO DE 2005.-







