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ORDENANZA Nº 3.510

Expediente HCD. Nº 3.239-D-05.-

 

VISTO

El Proyecto Regional de Cultura “Cruz del Sur”, denominado “Cultura Marca Sur” de la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO

Que el mencionado proyecto nace a partir de la falta de relación organizada entre los quince Municipios de la Zona Sur y ante la voluntad de todos de revertir esa realidad;

Que la finalidad del mismo es acompañar las tendencias y pautas culturales subyacentes, además de crear nuevas políticas de acción, de recuperación, de concientización, de capacitación, de valoración, de cuidado y conservación, de promoción del Patrimonio Cultural e Histórico destinado a ofrecer alternativas            y experiencias culturales superadoras;

Que entre los subproyectos presentados se encuentra la realización de ASENTAMIENTOS CULTURALES que convoque a Artesanos,          Manualistas, Plásticos, Murgas, Teatro Callejero, Malabares, Bandas de Música, Danzas, etc.; cuyo objetivo es promocionar e insertar a nuestros artistas en la región, provocando el intercambio cultural y la comercialización de los productos, llevándose a cabo por asentamiento de dos clínicas con capacitadores de la          región;

Que el mismo involucra al Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires, quien financiar parcialmente el proyecto; el Area de Cultura Municipal que tendrá a su cargo la coordinación y ejecución del mismo; el Area de Turismo del Municipio: Instituciones de Bien Público; la Policía de la Provincia de           Buenos Aires, que deberá garantizar la seguridad de los presentes y las Areas de Salud de cada asentamiento;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

 

ARTICULO 1º: Establécese la realización de ASENTAMIENTOS CULTURALES, destinados al intercambio y comercialización del producto cultural de la región, en el marco del Proyecto Regional de Cultura “Cruz del Sur” denominado CULTURA MARCA SUR, integrado por 15 Municipios.-

ARTICULO 2º: Declárense de INTERES MUNICIPAL los encuentros de  Asentamientos Culturales efectuados en los distintos municipios; siendo sede Coronel Pringles el 17 de septiembre de 2005.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº 3.510.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2005.-

 

 

 

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