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ORDENANZA Nº 3.525

Expediente HCD. No.3260-D-05.-

 

VISTO

La necesidad de disponer de parcelas destinadas a la construcción de Nichos Dobles y Triples en el Cementerio Local, ante la demanda expresa de varios vecinos; y

CONSIDERANDO

Que en el sector Sudeste de la Zona “W” no se ha dado inicio a la construcción de ningún tipo de obra;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN            EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1o: Incorpórese en el Cementerio Local como Zona Especial “W”, destinada al emplazamiento exclusivo de Nichos Dobles y Triples, a la ubicada en el costado SE de la Sección “W”.

ARTICULO 2o: El espacio destinado a la construcción de estos Nichos ocuparán una superficie de 1,20 metros X 3,00 metros, con un esparcimiento entre si de 0,80 mts., el que estará cubierto con vereda, así como el frente y contrafrente de los mismos respetando el diseño existente.-

ARTICULO 3o: El encuadramiento de las Categorías de Nichos Dobles y Triples, para el cobro de los derechos de construcción, será determinado por la Ordenanza Impositiva vigente.-

ARTICULO 4o: Los Planos de construcción para la realización de estas obras serán suscriptos por Profesionales habilitados a tal efecto en esta Municipalidad.-

ARTICULO 5o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL No.3525/05.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2005.-

 

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