Expediente HCD. No.3260-D-05.-
VISTO
La necesidad de disponer de parcelas destinadas a la construcción de Nichos Dobles y Triples en el Cementerio Local, ante la demanda expresa de varios vecinos; y
CONSIDERANDO
Que en el sector Sudeste de la Zona “W” no se ha dado inicio a la construcción de ningún tipo de obra;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Incorpórese en el Cementerio Local como Zona Especial “W”, destinada al emplazamiento exclusivo de Nichos Dobles y Triples, a la ubicada en el costado SE de la Sección “W”.
ARTICULO 2o: El espacio destinado a la construcción de estos Nichos ocuparán una superficie de 1,20 metros X 3,00 metros, con un esparcimiento entre si de 0,80 mts., el que estará cubierto con vereda, así como el frente y contrafrente de los mismos respetando el diseño existente.-
ARTICULO 3o: El encuadramiento de las Categorías de Nichos Dobles y Triples, para el cobro de los derechos de construcción, será determinado por la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTICULO 4o: Los Planos de construcción para la realización de estas obras serán suscriptos por Profesionales habilitados a tal efecto en esta Municipalidad.-
ARTICULO 5o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3525/05.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2005.-







