VISTO
Las Ordenanzas Impositiva Preparatoria y Nº 3.531 de Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos, sancionadas en la Tercera Sesión Extraordinaria de fecha 20 de diciembre de 2005; y
CONSIDERANDO
Que la sanción de la Ordenanza Impositiva en carácter de Preparatoria, no reunía los requisitos exigidos por el Artículo 29 de la Ley Orgánica Municipal, y en cumplimiento de los estipulado en el Artículo 240º de la referida Ley, corresponde dejar sin efecto legal, declarando la nulidad de ambas Ordenanzas;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1o: Déjase sin efectos legales, declarando en consecuencia la nulidad de la Ordenanza Impositiva 2006, aprobada con carácter de Preparatoria el día 20/12/05.-
ARTICULO 2o: Déjase sin efectos legales, declarando en consecuencia la nulidad de la Ordenanza Nº 3.531, Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos Año 2006.-
ARTICULO 3o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese, y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL No.3.533/05.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2005.-







