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ORDENANZA Nº 3.607

Expediente HCD. No.3.654-D-07.-

 

VISTO

El Convenio suscripto entre la Universidad Nacional del Sur y esta Municipalidad; y

CONSIDERANDO

Que por el mismo la Universidad otorga 4 (cuatro) plazas en las residencias estudiantiles de esa Casa de Estudios, las que la Municipalidad concede a estudiantes de nuestro medio pertenecientes a familias de escasos recursos, además de ser merecedores de este beneficio por el rendimiento académico durante el año y de acuerdo las exigencias requeridas por la Secretaría General de Bienestar Universitario;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Ratifíquese en todos sus términos el CONVENIO, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente, suscripto entre la Universidad Nacional del Sur y esta Municipalidad de Coronel Pringles, representado por el Señor Rector, Doctor           Guillermo CRAPISTE y el Intendente Municipal, Dr. Aldo Luis MENSI.-

ARTICULO 2o: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL No.3.607/07.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 18 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2007.-

 

 

 

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