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ORDENANZA Nº 3.623

Expediente HCD. No.3.749-D-07.-

 

VISTO y CONSIDERANDO

La información de la Señora Directora de Políticas Sectoriales del Ministerio de Desarrollo Humano, Arq. María Soledad del CUETO, mediante la cual solicita el cumplimiento de los requisitos administrativos para el proceso de renovación del Convenio de Cooperación para el año 2008 del Area de Tercera Edad;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN            EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON            FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

 

ARTICULO 1o: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar el CONVENIO DE COOPERACION con el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires, que oportunamente redactará para el año 2008, mediante el cual este Organismo subvencionará en el marco del Programa “Hogar de Ancianos” la atención gratuita de ocho (8) personas mayores de ambos sexos, de 60 años en adelante, que se encuentren en situación de riesgo y que necesiten de este aporte para satisfacer las necesidades básicas. La subvención mensual por cada persona mayor será de $ 350,00 monto que permanecerá invariable hasta que el Ministerio de Desarrollo Humano disponga su modificación fundada.-

ARTICULO 2o: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL No 3.623.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2007.-

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