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ORDENANZA Nº 3.664

 

Expediente HCD. Nº .3.846-D-08.

 

VISTO

La comunicación del Jefe de Gabinete, Señor Ricardo O. Berruet, mediante la cual solicita una modificación en la escala salarial del Personal Municipal en todas las categorías, consistente en un incremento del 7%; y

CONSIDERANDO

Que para ello es necesario modificar las normas legales vigentes (Anexo X  – PLANTA DE PERSONAL MUNICIPAL – Capítulo V, Disposiciones Generales, punto 18º de la Ordenanza No.3.644/07), por la que se establece el valor unitario del módulo;

Que de ellas se desprende que la escala salarial del Personal Municipal se basa “en una escala de módulos” cuyo valor unitario actual es de $1,00;

Que por lo expuesto el mismo deberá ser incrementado en el porcentaje mencionado a partir del 1 de Abril de 2008, quedando determinado en $1,07;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 ARTICULO 1º: Increméntese la Escala Salarial del Personal Municipal en un 7% (siete por ———————– ciento) en  cada Categoría, estableciéndose para tal fin el valor unitario del módulo a que se refiere el ANEXO X – PLANTA DE PERSONAL MUNICIPAL – Capítulo V, Disposiciones Generales, punto 18º de la Ordenanza No.3.644/07, en $1,07 (pesos uno con siete) a partir del 1º de Abril de 2008.

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

 

REGISTRADA BAJO EL No. 3.664.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 17 DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2008.

 

 

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