Expediente HCD. Nº 4.097-D-09.-
VISTO
La importancia y trascendencia que conllevan las banderas, instituidas como elementos simbólicos y aglutinantes de la identidad cultural de los pueblos y la herencia histórica social de la que son portadores; y
CONSIDERANDO
Que las mismas han estado presentes a lo largo de la historia de la humanidad;
Que los símbolos constituyen medios de expresión a los que se les asigna o atribuye un significado propio y convencional en cuya génesis se encuentra la semejanza –real o imaginada- con lo significado, pudiendo componerse de información realista extraída del entorno, o por formas, tonos, colores, texturas u otros elementos visuales que no guarden similitud con los objetos del contento o medio natural;
Que penetran en el ideario colectivo y son adoptadas para representar, en el caso que nos ocupa, – por asociación y analogía – el universo simbólico e intangible de las comunidades, configurado por las tradiciones, los rasgos y valores distintivos, la historia y la geografía lugareñas, la conjunción de creencias, metas y aspiraciones compartidas por el conjunto de sus habitantes;
Que el Partido de Coronel Pringles no cuenta, entre sus símbolos, con una Bandera distrital;
Que el Departamento Ejecutivo juzga relevante la realización de un Llamado a Concurso Abierto orientado a su elección y creación, como forma de perpetuar la realidad histórica, geográfica, social y cultural del Partido. De sintetizar la identidad colectiva de los pringlenses y el sentido de arraigo y pertenencia, con toda la carga afecto-cognitiva que ello conlleva;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar un Llamado a ————————– Concurso Abierto para la elección y creación de una Bandera Distrital que identifique y represente al Partido de Coronel Pringles.-
ARTICULO 2º: Dispónese que el mismo se regirá por las Bases y Condiciones del ——————– Reglamento que forma parte integrante de la presente como Anexo I, así como su publicación y difusión en los medios de comunicación local.-
ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para establecer las fechas, ———————– plazos y demás cuestiones inherentes al Llamado a Concurso. En caso de seleccionarse la insignia mediante el mecanismo contemplado en esta Ordenanza fijará el día y hora de su entronización, teniendo en cuenta las normas protocolares establecidas para ese tipo de ceremonias.-
ARTICULO 4º: Los gastos que demande el cumplimiento de esta Ordenanza se ————————- imputarán a la partida o partidas que designe el Departamento Ejecutivo
ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.747.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JULIO DE 2009.-