Expediente HCD. Nº 4.163-D-09.-
VISTO
El Expediente Nº 9.418/07, iniciado por el Club Atlético Leandro N. Alem, mediante el cual solicita la utilización de un terreno municipal; y
CONSIDERANDO
Que el inmueble objeto del presente acto administrativo linda con las instalaciones que la Institución posee y que la Casa de los Chicos no utiliza para su funcionamiento;
Que de acuerdo al informe del Departamento de Catastro y Vivienda, el predio solicitado es parte de la parcela “1a” de la Chacra “322”, Sección “D” de la Circunscripción XIV y mide 80 mts. de frente por 107,50 mts. de fondo;
Que dicha partida es de dominio municipal, según Escritura del 31/05/84, Matrícula 8.205/23;
Que el mismo sería utilizado para la construcción de un gimnasio cubierto, una cancha de fútbol auxiliar, canchas de tejo, como también la intención manifiesta de hacer otro acceso a la entidad, con el propósito de descomprimir el actual ingreso por Avenida 9 de Julio;
Que dentro de la promoción de las actividades deportivas, se contempla el apoyo o ayuda directa a Instituciones de nuestro medio;
Que el proyecto expresado en la solicitud es de significativa trascendencia para la Institución y para la comunidad toda;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a otorgar al CLUB —————————- LEANDRO N. ALEM el uso precario de la fracción de terreno que forma parte de la parcela denominada Catastralmente como: Circunscripción XIV, Sección “D”, Chacra 322, Parcela “1a”, Partida Inmobiliaria Nº 1191, cuyas medidas son de 80 mts. de frente por 107,50 mts. de fondo, de acuerdo al plano que forma parte del presente como Anexo I, conforme lo prescripto por el Artículo 28 de la Ley 9.533.-
ARTICULO 2º: Concédese a la Institución mencionada en el Artículo ——————————– anterior, un plazo de 2 (dos) años para comenzar con las obras detalladas. Vencido dicho plazo sin haber comenzado las obras, se retrotrae la concesión.-
ARTICULO 3º: Una vez completadas las obras indicadas en el Artículo —————————— anterior, la Entidad podrá solicitar la donación de la fracción de terreno de referencia, previa subdivisión del inmueble, siendo por su cuenta los gastos que ello demande, como también de escrituración.-
ARTICULO 4º: El Club Leandro N. Alem estará exento de la obligación de ————————— abonar el canon establecido para los usufructuarios por la Ordenanza Impositiva Anual.-
ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 3.752.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2009.-







