Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 3.813

EN SEGUNDA SESION EXTRAORDINARIA (17-02-14). EL H. CUERPO DIO TRATAMIENTO A LA RESPUESTA DE COMUNICACIÓN Nº 546/13, REFERENTE A ESTA ORDENANZA, EMITIDA POR EL SECRETARIO DE PROTECCION CIUDADANA Y SEGURIDAD, SR. RICARDO BERRUET. (SECRETARIA – AXU).

MODIFICADA POR ORDENANZA Nº 4.126.-

Expediente HCD. Nº 4.386-B-10.-

 

VISTO

            Que en la actualidad la Policía Comunal de Coronel Pringles cuenta con sólo 61 efectivos, de los cuales 3 son Jefes, 4 son Oficiales y 54 Suboficiales;

Que del total de efectivos 46 se encuentran en el ámbito de la Estación de Policía y Destacamento Roca con la función prioritaria de resguardar la seguridad de la ciudad de Coronel Pringles, y 15 efectivos se encuentran afectados a la Patrulla Rural que tiene a su cargo la seguridad de la zona de campaña y la Localidad de Indio Rico (5 agentes);

Que de los efectivos destinados a la ciudad cabecera, 2 son administrativos, 5 no se encuentran operativos y 3 por razones familiares se encuentran con prestación de servicio limitada, quedan a disposición de tareas preventivas, incluyendo al personal jerárquico, sólo 38 efectivos;

Que la Policía Comunal de Coronel Pringles es la única fuerza de seguridad con asiento y en funciones en el Partido de Coronel Pringles; y

CONSIDERANDO

            Que con respecto a la ciudad de Coronel Pringles de los 38 agentes disponibles para tareas preventivas hay que tener en cuenta que debido a las licencias, francos, rotaciones y actividades propias del personal jerárquico a cargo de las Jefaturas, el número real de efectivos se ve notoriamente disminuido;

Que por otro lado la Policía Comunal también se ve afectada en tareas de prevención por tener que prestar servicios adicionales de vigilancia en los 4 Bancos y en espectáculos deportivos, como por ejemplo el fútbol que demanda hasta 8 efectivos por fecha de primera división;

Que con respecto a los efectivos destinados a la Localidad de Indio Rico, significan la mitad de los agentes encargados de la seguridad de dicha Localidad en la década del ’90;

Que con respecto a la Patrulla Rural los 7 agentes destinados a la Base se encuentran muy por de bajo de los entre 15 y 18 efectivos que cuentan sus pares de General Lamadrid, Laprida y Coronel Suárez. Además de contar con un solo agente en los Puestos de La Virginia, Fra-Pal y Lartigau;

Que desde el punto de vista estadístico y sin tener en cuenta vacaciones, licencias, francos y descansos en la ciudad cabecera, existe sólo 1 policía cada 631 habitantes y en la zona rural se cuenta con un efectivo cada 37.500 hectáreas;

Que de acuerdo a estudios especializados, la cantidad ideal de policías por habitante es difícilmente estimable porque depende de factores como:  complejidad de territorio, funciones, capacitación, equipamiento, honestidad o base de acción  (por ejemplo llamados telefónicos o presencia física);

Que teniendo en cuenta lo expresado en el párrafo precedente, requeriría un estudio muy detallado determinar la cantidad necesaria de efectivos policiales en nuestro Partido;

Que las cuestiones técnicas o científicas respecto a los efectivos necesarios en la Policía Comunal de Coronel Pringles pueden abordarse en el mediano y largo plazo, pero el sentido común nos indica que la cantidad de agentes policiales que actualmente cuenta nuestra Policía son escasos y que es imprescindible la incorporación de Oficiales y Suboficiales;

Que por otro lado la Policía Comunal no cuenta con la colaboración  directa de otra rama Policial o fuerza de seguridad;

Que de contar nuestro Distrito con un Destacamento de Policía de Seguridad Vial (caminera) posibilitaría, además de los beneficios directos de mayor control sobre ingresos y egresos de la ciudad, optimizar la utilización de los  agentes de la Policía Comunal;

Que es importante recordar que la Policía de Seguridad Vial no depende de las Policías Comunales o Distritales, teniendo su propia organización dentro del organigrama del Ministerio de Seguridad;

Que como mencionábamos  anteriormente permitirá optimizar el personal policial local, esto se debe a que la Policía Vial tendría que realizar las siguientes tareas actualmente a cargo de la Comunal: control de accesos a la ciudad, velar por la integridad física de las personas que circulen en las rutas y caminos provinciales, colaborar en la asistencia sanitaria y de  primeros auxilios en caso de accidentes o siniestros de cualquier tipo en el ámbito de su competencia o prestar colaboración a entes como SENASA, ARBA, Ministerio de Asuntos Agrarios, VTV, Dirección de transporte, etc.;

Que por otro lado una Caminera en nuestra Localidad mejoraría el control regional de las rutas dado que en  el corredor de la Ruta 51 no existe control permanente y sistematizado desde la intersección de las Rutas 86 y 51 hasta Bahía Blanca, aproximadamente 210 km. Y en el corredor de la Ruta 85 no existe control permanente y sistematizado desde Tres Arroyos hasta Guaminí, aproximadamente 260 km.;

Que tanto la incorporación de nuevos efectivos a la Policía Comunal como la radicación de una Caminera posibilitarían  una mayor presencia policial en el ámbito de nuestro Partido;

Que una mayor cantidad de efectivos permitiría a las Autoridades Policiales destinar más agentes a funciones meramente preventivas como también a redefinir las políticas y estrategias policiales con una mayor presencia en la “calle”;

Que la actividad policial se caracteriza por ser esencialmente preventiva pero para ello es imperioso contar con el material humano y de logística adecuado:

Que si bien el éxito de una correcta política preventiva puede deducirse por el descenso de la actividad delictual, muy difícilmente pueda tenerse conocimiento de los ilícitos que nunca se cometieron en virtud de la presencia y  disuasión policial, pues estos sólo quedarán en el lamento de la memoria de los delincuentes;

Que la situación planteada ha sido conversada en la reunión que el Señor Presidente del Foro de Seguridad mantuvo con representantes de este Cuerpo;

Que la canalización  de problemáticas por canales oficiales (como en este caso Municipio-Gobierno Provincial) y el apoyo político del Departamento Deliberativo a la tarea de gestión del Departamento Ejecutivo, permitirá por un lado revalorizar la vía institucional  para resolver posibles conflictos y por el otro, demostrar a la sociedad pringlense y al Gobierno provincial la unidad de  criterios respecto a la necesidad de brindar a la Policía local del material humano necesario en pos de mejorar la seguridad de toda la comunidad;

 

 

 

 

///3.-

 

Que ante la imperiosa necesidad de nuestro Distrito de optimizar la tarea preventiva policial es necesario que desde todos los ámbitos oficiales y sobre todo desde este Cuerpo, que es la representación democrática de toda la comunidad, agotemos todas las instancias y esfuerzos en pos de este objetivo;

Por ello,

            EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

 

ARTICULO 1º: Declárese la Emergencia Policial en el Partido de Coronel Pringles, autorizando al Departamento Ejecutivo a utilizar las Partidas que demande la construcción de un Destacamento Caminero que cumpla con los requisitos exigidos por la Dirección de la Policía de Seguridad Vial.-

ARTICULO 2º: En el marco de lo normado en el Artículo precedente, dispóngase:

 

  1. Encomendar al Señor Intendente Municipal a que continúe e insista, con carácter de urgente y prioritario, con todas las acciones y gestiones necesarias para la urgente incorporación de al menos veinte (20) agentes de Policía (tanto Oficiales como Suboficiales) a la Policía Comunal de Coronel Pringles.
  2. Encomendar al Señor Intendente Municipal a que continúe e insista con todas las acciones y gestiones necesarias para la urgente radicación en nuestro Distrito de un Destacamento de Policía de Seguridad Vial (caminera) en algún punto de la Ruta Provincial 51 entre la Ciudad de Coronel Pringles y el Paraje Fra-Pal.
  3. Solicitar a las Instituciones  intermedias que por intermedio del Foro de Seguridad, brinden su apoyo a esta ordenanza y a las gestiones que en adelante realice el Intendente municipal para concretar lo establecido en los incisos a) y b) de este Artículo.-

ARTICULO 3º: Remitir copia de la presente al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, al Señor Ministro de Seguridad y Justicia y a los Señores/as Legisladores/as Provinciales en representación de la Sexta Sección Electoral.-

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

REGISTRADA BAJO EL Nº  3.813.-

 

            DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE JULIO DE 2010.-

 

Print Friendly, PDF & Email