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Ordenanza Nº 4.205

Expediente HCD. Nº 5.598-D-15.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

 

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Incorpórese como Artículo 43º del Capítulo XIII, Tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, de la Ordenanza Nº 4.178/14, el siguiente texto:

“CAPITULO XIII-

TASA POR CONSERVACION, REPARACION Y MEJORADO DE LA RED VIAL MUNICIPAL

ARTICULO 43°: Por prestación de los servicios de Conservación, Reparación y Mejorado de calles y caminos rurales municipales, se abonará por hectárea y por año, un importe de: $ 42,00

ó en hasta 12 cuotas mensuales, consecutivas e iguales de: $ 3,50

 

El monto mínimo a facturar será el equivalente a cinco (5) hectáreas.

Los Contribuyentes que efectúen el pago de la tasa arriba mencionada y no posean deuda y/o tengan Convenio de Regularización, y no adeuden cuotas vencidas por el referido Convenio, serán beneficiados con un descuento del quince por ciento (15%).”

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.205.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JULIO DE 2015.-

 

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