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Ordenanza Nº 4.219

Expediente HCD. Nº 5.659-D-15.-

VISTO

El Expediente N° 4027-1025-2013 y la Resolución del Honorable Concejo Deliberante N° 2.916 del año 2013; y

CONSIDERANDO

La necesidad de dar una respuesta ante el cierre de las puertas del “Hogar del Niño” de nuestra Ciudad, organización no gubernamental, que alojaba a niñas y adolescentes con medidas de protección debido a situaciones de vulnerabilidad de sus derechos, por ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase la suscripción del Convenio de Cooperación, que como Anexo I forma parte de la presente, a celebrar entre la Secretaría de Niñez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Coronel Pringles, cuyo fin es la puesta en marcha del Proyecto Hogar Convivencial “Casa de las Niñas” de Coronel Pringles que como Anexo II se adjunta a la presente Ordenanza.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.219.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2015.-

 

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