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Ordenanza Nº 4.238

Expediente HCD. Nº 5.726-D-15.-

 

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase la suscripción del CONVENIO DE COOPERACION, que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a celebrar entre el MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, mediante el cual el Ministerio subvencionará, en el marco del Programa “Hogar de Ancianos”, la atención gratuita de ocho (8) personas mayores de ambos sexos, de 60 años en adelante, que se encuentren en situación de riesgo y que necesiten de este aporte para satisfacer sus necesidades básicas, acordando la remisión de la suma mensual de Pesos Seiscientos veinticinco ($625,00) por cada persona, con una duración de doce (12) meses a partir del 1º de Enero de 2016, prorrogable por igual período por decisión unilateral del Ministerio.

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.238.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 14 DIAS DEL MES DE ENERO DE 2016.-

 

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