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Ordenanza Nº 4.243

 

Expediente HCD. Nº 5.733-D-15.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase la suscripción del CONTRATO DE COMODATO que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a celebrar entre la DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representada por el Intendente Municipal, y que tiene por objeto el uso gratuito de un inmueble de propiedad municipal identificado catastralmente como Circunscripción XIII, Sección “D”, Manzana 292, parte de la Parcela 2, ubicado en Avenida 25 de Mayo entre calles 20 y 21 del Partido de Coronel Pringles, que será destinado a la apertura y funcionamiento de la ESCUELA DE EDUCACION ESTETICA Nº 1 DE CORONEL PRINGLES, cuya currَícula involucrada contemplará los niveles primarios y secundarios de educación, por un plazo de cinco (5) años con opción de prórroga por un plazo similar, siempre que medie previo acuerdo de partes.

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.243.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 2016.

 

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