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Ordenanza Nº 4.266

Expediente HCD. Nº 5.818-C-16.-

VISTO

Que por Ordenanza 3795/10 por la cual se da el programa de apoyo para Formación Superior; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 6 de dicha Ordenanza establece que las becas de diferentes niveles y ámbitos de estudio de formación superior, con montos de acuerdo a lo establecido en el Anexo I de esta Ordenanza;

Que por Artículo 1º de la Ordenanza 4117/14 se modificó el Anexo I, teniendo en cuenta la difícil situación económica que atraviesa nuestro país en estos momentos, se hace imperiosa la modificación de los montos asignados en la Ordenanza 4117/14;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Modificar el Anexo de la Ordenanza 4117/14 que quedara redactado de la siguiente forma:

ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y TERCIARIOS
GRATUITOS ARANCELADOS OBSERVACIONES
RESIDENCIA Y CURSADO EN

CORONEL

PRNGLES

$700 $700 Se acepta beca de

Apoyo en

Establecimiento

Arancelado solo

Si la carrera

Cursada

No se dicta en

Establecimientos

Gratuitos.

RESIDENCIA EN

CORONEL

PRINGLES

CON TRASLADO

PARA CURSADO

$1.000 $1.000
RESIDENCIA

FUERA DE

CORONEL

PRINGLES (HASTA

349 KM.)

$1.000 $1.000
RESIDENCIA

FUERA DE

CORONEL

PRINGLES (MAS

DE 350 KM.)

$1.500 $1.500 Solo si la carrera

Cursada no se

Dicta en establecimientos

Ubicados a

menos de 350 km.

ARTICULO 2°: Comuníquese, cúmplase, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.266

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2016.-

 

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