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Ordenanza Nº 4.283

PROMULGADA POR DECRETO 0750/16.-

Expediente HCD. Nº 5.857-D-16.-

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorízase la suscripción del CONVENIO que como Anexo I forma parte integrante de la presente, a celebrar entre la DIRECCION DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y esta MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representado el acto por la Ingeniera CLAUDIA ROSSI, Jefe de Departamento Zona XI, “Ad Referéndum” del Señor Administrador General, y el Intendente Municipal, SEÑOR CARLOS ANIBAL BERTERRET, respectivamente, y por el cual el Municipio se compromete a realizar, por administración y/o terceros, trabajos de desmalezamiento, parquización y preservación de los espacios forestales en banquinas y préstamos de las R.P.51, R.P.85, R.P. 72 y acceso a Indio Rico en jurisdicción de su partido, por el término de DOCE (12) meses a partir de la notificación al Municipio de la aprobación de este acuerdo, renovable automáticamente por igual período, pudiendo las partes denunciarlo en cualquier momento mediante comunicación escrita.

ARTICULO 2º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.283

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 04 DIAS DEL MES DE AGOSTO DE 2016.-

 

 

 

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