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Ordenanza Nº 4.307

PROMULGADA POR DECRETO 1.023/16.-

Expediente HCD. Nº 5.966-D-16.-

VISTO

La necesidad de contar con una Planta Depuradora de líquidos cloacales en la localidad de Indio Rico; y

CONSIDERANDO

Que para la instalación de la misma resulta necesario proceder a la adquisición de un terreno apto para tal fin;

Que el SPAR, Servicio Provincial de Saneamiento y Agua Rural de la Provincia de Buenos Aires, considera requisito indispensable para el Llamado a Licitación de obra para la instalación de la Planta en cuestión, que se ceda una fracción de suelo destinada a tal fin;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Ratifíquese la compra realizada por el Departamento Ejecutivo de parte del terreno identificado catastralmente como Circunscripción VI, Zona Rural, Parcela 439, de la localidad de Indio Rico, con una superficie de tres hectáreas setenta y cinco áreas (3,75 has), a la Empresa “BESPA S.A.C.I.F.”, representada por el Sr. Adalberto Neri MONASTERIO, en su calidad de Presidente, por un valor de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($155.000,00), pagaderos en doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, de PESOS DOCE MIL NOVECIENTOS DIECISEIS con SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($12.916,66), cuyo plano y tasación se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.307.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2016.-

 

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