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Ordenanza Nº 4.344

PROMULGADA POR DECRETO Nº 0406/17.-

Expediente HCD. Nº 5.996-D-17.-

VISTO

El Acuerdo Específico con la Universidad Nacional de La Plata, a través de la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales; y

CONSIDERANDO

Que el mismo tiene por objeto general el estudio de las Cuencas de los Arroyos Pillahuincó Grande y Pillahuincó Chico y la generación de recomendaciones de trabajos para disminuir los riesgos hídricos en la planta urbana del Partido de Coronel Pringles, como así también un proyecto de restauración hidrológico – forestal para la mitigación del problema;

Que la citada Facultad desarrollará el Plan de Trabajo denominado “Manejo Integral de las Cuencas de los Arroyos Pillahuincó Grande y Pillahuincó Chico”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente;

Que es el Consejo Asesor del INTA quien promueve y recomienda este tipo de acciones, comprometiéndose a formar parte de los procesos en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorízase la suscripción del “Acuerdo Específico” entre la MUNICIPALIDAD DE CORONEL PRINGLES, representada por el Sr. Intendente Carlos Aníbal BERTERRET, y la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA PLATA, representada por su Presidente Lic. Raúl PERDOMO, a través de la FACULTAD DE CIENCIAS AGRARIAS Y FORESTALES, perteneciente a la misma Universidad, representada por su Decana Dra. Sandra SHARRY, cuyo objeto es el estudio de las Cuencas de los Arroyos Pillahuincó Grande y Pillahuincó Chico y la generación de recomendaciones de trabajos para disminuir los riesgos hídricos en la plata urbana del Partido de Coronel Pringles, como así también un proyecto de restauración hidrológico – forestal para la mitigación del problema, por el término de ocho (8) meses, plazo en el que se desarrollará el Plan de Trabajo denominado “MANEJO INTEGRAL DE LAS CUENCAS DE LOS ARROYOS PILLAHUINCO GRANDE Y PILLAHUINCO CHICO”, que como Anexo I forma parte integrante de la presente.-

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.344.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE MARZO DE 2017.-

 

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