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Ordenanza Nº 4.374

PROMULGADA POR DECRETO Nº 0617/17.-

Expediente HCD. Nº 6.072-D-17

VISTO

El Expediente Nº 270 del Año 2017, iniciado por el Secretario Técnico, Arq. Diego Pelegrinelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra de “Pavimentación y Cordón Emergente” en distintos sectores de nuestra ciudad;

Que a fs. 7 constan los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 9 la Directora de Servicios Públicos e Infraestructura Urbana, Ing. Karina Orrio, informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Pavimentación y Cordón Emergente” en distintos sectores de la ciudad, a saber:

Calle 14 e/ 53 y 57

Calle 57 e/14 y 15

Calle 57 bis e/14 y 15

Calle 58 e/14 y 15

Calle 58 bis e/14 y 15

Calle 59 e/14 y 15

Calle 59 bis e/14 y 15

Calle 60 e/14 y 15

Calle 57 e/4 y 6

Calle 5 e/56 y 57

Calle 62 e/1 y 2

Calle 62 bis e/1 y 2

Calle 63 e/ 1 y 3

Calle 63 bis e/1 y 3

Calle 2 e/62 y 64

Calle 14 e/48 y 50

Calle 42 e/15 y 17

Calle 42 bis e/15 y 17

Calle 15 e/42 y 43

Calle 16 e/42 y 43

ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado, en 12 cuotas iguales sin intereses a un valor de $440 el metro cuadrado del pavimento y $720 el metro lineal de cordón cuneta. Para quienes opten por un plazo de hasta 60 cuotas, las mismas se ajustarán de acuerdo al interés pasivo del Banco Provincia de Buenos Aires. No se contempla pagos anticipados, parcial o total para dar inicio a la obra.

ARTICULO 3º: El recupero de las cuotas será imputado a una cuenta a crearse “Fondo Obras Cordón Cuneta y Pavimento” según corresponda.

ARTICULO 4º: El Departamento Ejecutivo dará amplia difusión por los Medios de Comunicación, cuadras donde se ejecutarán las obras, fecha de inicio y finalización, precio por metro cuadrado y lineal. Todas las formas de pago, programa de seguridad e higiene.

ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.374

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 04 DIAS DEL MES DE MAYO DE 2017.-

 

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