Expediente HCD. Nº 6.401-D-18
VISTO
El Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM), implementado por Ley 26.348; y
CONSIDERANDO
Que existe una gran cantidad de vehículos en las Dependencias Municipales;
Que con relación a muchos de los rodados secuestrados no se ha presentado persona alguna a retirarlos y/o derechos sobre los mismos;
Que la mayoría de estos vehículos, por las condiciones en que se encuentran, representan un peligro para el Medio Ambiente y la Salud por resultar posibles focos de contaminación, por lo cual se ha planteado una situación de Emergencia que amerita una pronta resolución. Asimismo, la preservación de los vehículos conlleva a la ocupación de espacios físicos imprescindibles para el Municipio;
Que la Ley Nº 26.348 contempla la situación planteada en su artículo 1º, el cual enuncia: “Los automotores abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados, cuyo dominio corresponda al Estado Nacional o a los Estados particulares en virtud de lo establecido en el artículo 2.342º del Código Civil, deberán ser descontaminados y compactados en forma previa a su disposición en calidad de chatarra”;
Que a los efectos de tomar una decisión a esta problemática habrá que tener en cuenta que, en relación a los vehículos de referencia, los mismos contienen algunas sustancias que podrían resultar contaminantes, tales como líquido de frenos, baterías, combustible, aceites, entre otros;
Que la situación descripta hace indispensable someter estos vehículos al procedimiento de descontaminación, compactación y disposición final, en cumplimiento de lo preceptuado por la Ley Nº 26.348;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°: Adhiérase la Municipalidad de Coronel Pringles, en todos sus términos, al Programa Nacional de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM), implementado por Ley Nº 26.348.
ARTICULO 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a publicar edictos en los diarios de circulación local y en el Boletín Oficial durante un día, intimando por el plazo de 15 días para que los titulares de los vehículos que se encuentren en dependencias municipales se presenten ante el Juzgado de Faltas de nuestra ciudad, con documentación fehaciente que acredite derechos sobre los mismos para poder retirarlos. Cumplido el plazo dispuesto en el párrafo anterior sin que se haya acreditado derechos sobre los bienes, el Departamento Ejecutivo queda autorizado a incorporarlos al patrimonio municipal y someterlos al proceso de descontaminación, compactación y disposición final en el marco del Programa Nacional de Compactación (PRO.NA.COM), llevado adelante por la Dirección de Fiscalización de Desarmaderos y Autopartes del Ministerio de Seguridad de la Nación.
ARTICULO 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a firmar los convenios y/o gestiones pertinentes para la implementación del PRO.NA.COM.
ARTICULO 4°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a someter al procedimiento de Descontaminación, Compactación y Disposición Final de Vehículos y Chatarra (PRO.NA.COM) a los vehículos secuestrados que se encuentran en dependencias municipales.
ARTICULO 5°: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.484
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 05 DIAS DEL MES DE JULIO DE 2018.-







