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ORDENANZA Nº 4.565

Expediente HCD. Nº 6.550-D-18.-

VISTO

El Expediente Nº 2.767 del año 2018 iniciado por la Directora de Catastro y Vivienda, Ag. Analía Gibelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicita se proceda a dejar sin efecto la Ordenanza Nº 3.815 del año 2010, bajo la cual se cedió en comodato a favor de Unión Personal Civil de la Nación (U.P.C.N.), Delegación Coronel Pringles, una fracción de terreno de 12,50 metros de frente por 37,50 metros de fondo, ubicado en la Manzana designada catastralmente como Circunscripción XIII, Sección A, Manzana 89, parte del solar Norte;

Que mediante dicha Ordenanza se establece que el comodato quedaría sin efecto, entre otros supuestos, por no comenzar con las obras de ejecución previstas en el término de 365 días a partir de la promulgación de la misma, y atento que, según consta en Acta de Inspección con fecha 21 de noviembre de 2018, la parcela de referencia se encuentra totalmente baldía, se solicita la extinción unilateral de la cesión en comodato en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Deróguese en todos sus términos la Ordenanza Nº 3.815 del año 2010, por los motivos expuestos en el exordio del presente.

ARTICULO 2°: Cúmplase, comuníquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.565.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2019.-

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