Expediente HCD. Nº 6.614-D-19
VISTO
El expediente Nº 0777 del año 2019, iniciado por el Secretario Técnico Arq. Diego Pelegrinelli; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Ampliación de Red Cloacal” en distintos sectores de nuestra ciudad;
Que a fs. 6 constan los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;
Que a fs. 8 el Secretario Técnico Arq. Diego Pelegrinelli, informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;
Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Ampliación de Red Cloacal” en distintos sectores de nuestra ciudad:
- Calle 22 e/ 48 y 49.
- Calle 22 e/54 y 56
- Calle 23 e/54 y 55.
- Calle Uruguay (29) e/51 y 52.
- Calle 20 e/50 y 51.
- Calle 17 e/47 y 48.
- Calle 17 e/50 y 51.
- Calle 16 e/ 41 y 42.
- Calle 15 e/46 y 47
- Calle 3 e/62 y 63.
- Calle 40 e/13 y 14.
- Calle 41 e/13 y 14.
- Calle 42 e/4 y 5.
- Calle 42 e/13 y 14.
- Calle 44 e/16 y 18.
- Calle 56 e/19 y 22
ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.533/18.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.579.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO