Expediente HCD. Nº 6.615-D-19
VISTO
El expediente Nº 0778 del año 2019, iniciado por el Secretario Técnico Arq. Diego Pelegrinelli; y
CONSIDERANDO
Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Ampliación de Red de Agua” en distintos sectores de nuestra ciudad;
Que a fs. 6 constan los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;
Que a fs. 8 el Secretario Técnico Arq. Diego Pelegrinelli, informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;
Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Ampliación de Red de Agua” en distintos sectores de la ciudad:
- Calle 18 e/ 56 y 58.
- Calle 57 Bis e/19 y 20
- Calle 58 e/19 y 20.
- Calle 41 Bis e/18 y 19.
- Calle 31 e/57 y 59.
- Calle 59 e/31 y 32.
- Calle 62 e/5 y 7.
- Calle 59 e/ 15 y 16.
- Calle 48 e/22 y 23
- Calle 19 e/48 y 49.
- Calle 57 e/16 y 17.
- Calle 19 e/42 y 43.
- Calle 41 e/14 y 16.
- Calle 43 e/20 y 21.
- Calle 20 e/43 y 44.
- Calle 21 e/43 y 44
ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.533/18.
ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 4.580.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DE 2019.-