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ORDENANZA Nº 4.592

Expediente HCD. Nº 6.653-D-2019

VISTO

Lo solicitado por el Instituto de la vivienda de la Provincia de Buenos Aires en referencia a la construcción de 40 viviendas en la ciudad de Coronel Pringles; y
CONSIDERANDO

Que se encuentran en ejecución diferentes conjuntos habitacionales financiados con fondos provinciales, a cuyo efecto han sido suscriptos diferentes convenios con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;

Que el Instituto de la Vivienda ha dictado la Resolución Nº 1810/13 y modificatorias, mediante la cual estableció un procedimiento de adecuación de los montos que financia en las diferentes operatorias vigentes que no prevén otros sistemas regulares de actualización;

Que las obras referidas en el primer considerando se encuentran alcanzadas por la resolución mencionada;

Que el artículo 16 de la Resolución IVBA Nº 1810/13 establece como requisito que en la primera solicitud los Municipios acompañen Ordenanza de adhesión a la resolución y/o Ordenanza aprobatoria del Modelo de Acta de Adecuación, o de la misma suscripta;

Que al efecto corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo a suscribir las addendas que se celebren en el marco de la normativa citada;

Que, en caso que se aplique el procedimiento dispuesto por el artículo 13º de la Resolución Nº 1810/13, el anticipo financiero acordado será garantizado con la coparticipación provincial de impuestos;

              Por ello,    

              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Adhiérase a la Resolución Nº 1810/13 y modificatorias, dictada por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y apruébese el modelo de Addenda – Acta de Adecuación del Monto de Financiamiento – incorporado a ella como Anexo I.

ARTICULO 2°: Autorizaseal Departamento Ejecutivo a suscribir las Addendas a convenios de financiamiento celebrados con el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires, destinadas a adecuar los montos de financiamiento en el marco de la Resolución IVBA Nº 1810/13 y modificatorias, de conformidad con el modelo aprobado en el artículo anterior.

ARTICULO 3°: Autorízase aafectar la coparticipación provincial de impuestos en garantía del aporte financiero otorgado por el Instituto en virtud de la operatoria a la que aquí se adhiere.

ARTICULO 4°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.592

            DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EL 1º DE AGOSTO DE 2019.-

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