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ORDENANZA Nº 4.597

Expediente HCD. Nº 6.658-D-19.-

VISTO

El Contrato de Concesión suscripto entre la Municipalidad de Coronel Pringles y  la Cooperativa Eléctrica de Indio Rico; y

CONSIDERANDO

         Que “la Municipalidad” cede a “la Cooperativa” la prestación del servicio de Concesión de Servicio de la Planta de Osmosis de Agua Potable en la localidad de Indio Rico, para ser efectuado en forma directa a la comunidad, con cargo a los usuarios, por el término de diez (10) años, el que podrá ser renovado por las partes de común acuerdo, en el marco de la Ordenanza Nº 4.546/19;

         Por ello,    

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Ratifíquese la suscripción del “Contrato de Concesión de Servicio de la Planta de Osmosis de Agua Potable”, de acuerdo al Expediente HCD. Nº 6658-D-19,  suscripto entre la Cooperativa Eléctrica de Indio Rico, representada por su Presidente Sr. Carlos Eloy RODERA, y la Municipalidad de Coronel Pringles, representada por su Intendente Municipal Lic. Carlos Aníbal BERTERRET, por el cual “la Municipalidad” cede a “la Cooperativa” la prestación del servicio de Concesión de Servicio de la Planta de Osmosis de Agua Potable en la localidad de Indio Rico.

ARTICULO 2°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.597.-

         DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2019.-

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