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ORDENANZA Nº 4.600

Expediente HCD. Nº 6.675-D-19.-

VISTO

         El Expediente Nº 2.042/19 iniciado por el Secretario Técnico Arq. Diego PELEGRINELLI; y

CONSIDERANDO

         Que mediante el mismo solicita autorización para dar inicio a la obra de construcción de cerramiento de la Planta de Residuos Sólidos Urbanos  de Indio Rico;

         Que dicha obra consiste en la construcción del cerramiento del galpón con planchas de chapa sujetas a perfiles C de 100, ya que la estructura existente es un tinglado de chapa de 10 x 10 x 6 metros, colocándose también dos ventiladores y un portón de 4 x 4 metros sobre el parámetro frontal y tres ventanas sobre la estructura opuesta al portón;

         Que la obra no puede realizarse con personal municipal dado que no se cuenta con la capacidad técnica suficiente requerida para tal fin, por lo que se deberá contratar una empresa constructora que cuente con el personal y la experiencia necesarias para la ejecución de la misma, de acuerdo a lo normado en el artículo 133º de la L.O.M.;

Que la Contaduría Municipal indica a fs. 7 que debe realizarse una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2019, aprobado por Ordenanza 4.540/18, para llevar a cabo las tareas enunciadas;

Por ello;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Autorícese a la Contaduría Municipal a efectuar una modificación al Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos 2019, aprobado por Ordenanza 4.540/18, con el objeto de atender la obra de construcción de cerramiento de la Planta de Residuos Sólidos Urbanos  de Indio Rico, incrementando el Cálculo de Recursos en 1110119000 “Jefatura de Gabinete”, 16.2.01.04 “Intereses Fondo Común de Inversión”, 11 – “De Libre Disponibilidad” en $526.302,00, e incrementando el Presupuesto de Gastos en 1110121000 “Secretaría Técnica”, Categoría Programática 25.60.00 “Obras Planta de Residuos y Cementerio Indio Rico”, Partida 4.2.1.0 “Construcciones en

Bienes de Dominio Privado”, Fuente de Financiamiento 110 “De Origen Municipal” por el mismo importe.-

ARTÍCULO 2°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.600.-

         DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 3 DIAS DEL MES OCTUBRE  DE 2019.-

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