Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 4.620

Expediente HCD. Nº 6.708-D-19

VISTO

La Ordenanza Nº 4.291/16 que reglamenta el uso de contenedores, volquetes y bolsones para el depósito de residuos en la vía pública; y

CONSIDERANDO

Que resulta necesario complementar la citada Ordenanza con nuevos conceptos que allanen el camino para un correcto uso y aplicación del sistema de volquetes, contenedores y bolsones;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Prohíbase arrojar residuos de tipo volumétrico en los espacios públicos ubicados en el sector de la ciudad de Coronel Pringles y a partir de la fecha que determine el Departamento Ejecutivo por reglamentación.

Este tipo de residuos que se depositen en la vía pública deberán ser arrojados en volquetes contratados al efecto.

Será el Departamento Ejecutivo el responsable de emprender una campaña de comunicación e información a la comunidad.

ARTICULO 2º: Defínase como residuos de tipo volumétrico a:

. Los residuos verdes, que son aquellos productos de la poda domiciliaria, limpieza de espacios verdes, cortes de césped que por su magnitud no puedan ser embolsados y requieran de un servicio especial para su retiro.

. Los residuos voluminosos: que son aquellos que por su tamaño y peso no podrán ser embolsados ni retirados con el resto de los residuos por el servicio de recolección convencional y requerirán la utilización de camiones y equipos especiales para su retiro.

. Los residuos inertes: que son residuos inorgánicos a granel, producto de restos de construcción, que por su magnitud no puedan ser embolsados y requieran de un servicio especial para su retiro.

ARTICULO 3º: A los fines de la contratación de los volquetes para sacar residuos provenientes de la poda de árboles, el Municipio de Coronel Pringles subsidiará su alquiler durante los años 2020 y 2021 a los propietarios de los inmuebles comprendidos en el sector designado por el Ejecutivo en los términos dispuestos en el artículo primero, siempre que se realice una poda que por su magnitud se cubra como mínimo la mitad de un volquete de 5 metros cúbicos de capacidad.

Durante el año 2020 se subsidiará el cien por ciento (100%) del costo del volquete y durante el año 2021 se subsidiará el cincuenta por ciento (50%) de su costo. El subsidio será por contribuyente y por una vez al año. Para autorizar el correspondiente al año 2021 será condición que el contribuyente se encuentre al día con el pago de la tasa de Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Espacios Verdes.

Para que se autorice el subsidio, los contribuyentes deberán solicitar los volquetes en la forma que establezca el Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 4º: Residuos Menores: Para el retiro de residuos de podas menores a la nombrada en el Artículo 3º el contribuyente deberá optar entre embolsar los residuos, depositarlos en los sectores que el ejecutivo indique como sectores de depósito de residuos de poda, o acercarlos a la Planta de Residuos Sólidos Urbanos.

Para el retiro de residuos provenientes de obras menores, limpieza de inmuebles, y/o todos aquellos cuya magnitud no supere el ½ metro cúbico, los contribuyentes podrán optar entre depositarlos en los sectores que el ejecutivo indique como sectores de depósito de residuos de obras menores, o acercarlos a la Planta de Residuos Sólidos Urbanos.

En ambos casos, será gratuito para el vecino el costo del servicio, donde el mismo estará a cargo del Municipio.

ARTICULO 5º: Los prestadores de servicios de volquetes, además de cumplir con los requisitos dispuestos en la Ordenanza Nº 4.291/16, deberán solicitar permisos para la instalación de los centros de acopio y transferencia, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que el Departamento Ejecutivo establezca.

ARTICULO 6º: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.620

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 27 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2019.-

Print Friendly, PDF & Email