Press "Enter" to skip to content

ORDENANZA Nº 4.659

Expediente HCD. Nº 6.833-I-20

UN BANCO ROJO PARA INDIO RICO

VISTO

La incansable lucha contra la Violencia de Género que se nos impone como deber llevar adelante; y

CONSIDERANDO

Que no existe la posibilidad, aunque sea remota, de dar por finalizado este flagelo que está arraigado socio culturalmente y, peor aún, naturalizado en los núcleos familiares;

Que es responsabilidad de todos y cada uno de los vecinos contribuir a la concientización de la problemática que aqueja a tantas mujeres que, por el solo hecho de ser tales, en bastas ocasiones reciben el maltrato de sus maridos, parejas y/o novios, que no dimensionan el cambio de paradigma que se ha producido y la importancia de ser tratados como iguales, con equidad y justicia, independientemente de nuestro género;

Que el compromiso de cada persona no puede sino sacarnos del lugar en el que estamos y hacer avanzar a nuestra sociedad hacia un camino de superación, de respeto por las mujeres, por quienes han sido, son y serán madres, hijas, compañeras, parejas pero por sobre todo seres que, independientemente de sus determinaciones particulares merecen vivir con dignidad, libertad y sin miedo;

Que en comunidades chicas la violencia parece recrudecer toda vez que quienes son víctimas resultan ser allegadas, amigas, familia, y esto nos hace encontrar una fortaleza que, probablemente, sea más difícil de encontrar en una sociedad más grande y despersonalizada; esa fortaleza radica, justamente, en sentir que el golpe, el grito o la amenaza que recibe una de ellas nos duele a todas;

Que más allá de la cantidad de gente que haya o no en un determinado lugar geográfico y las vicisitudes que esta circunstancia puede acarrear, una cosa es cierta: no queremos más violencia, de ningún tipo, y ese deseo solo puede concretarse si nos unimos y aportamos desde nuestros lugares todo lo que podamos a la causa;

Que tal como manifiesta la ONG Argentina “Proyecto el Banco Rojo”, representante legal de la campaña que impulsa la colocación de estos bancos como símbolo, lo que ellos hacen se trata de un proyecto “cultural y pacífico de prevención, información y sensibilización contra el femicidio. Su objetivo es hacer reflexionar a quien vea este símbolo, porque el desenlace fatal es evitable si la violencia se detiene a tiempo”;

Que es importante, a través de este Proyecto, visibilizar la problemática pero, más importante aún, es concientizar, sensibilizar y motivar a todos para que se entienda la trascendencia de dar pelea juntos para salir adelante;

Que resulta oportuno, en tanto sea posible, hacer realidad la colocación del Banco Rojo en la Localidad de Indio Rico en el marco del Día Internacional Contra la Explotación Sexual y la Trata de Mujeres, Niñas y Niños, el próximo 23 de septiembre;

Que según lo prescripto por la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 25, las ordenanzas deberán responder a los conceptos de ornato, sanidad, asistencia social, seguridad, moralidad, cultura, educación, protección, fomento, conservación y demás estimaciones encuadradas en su competencia constitucional que coordinen con las atribuciones provinciales y nacionales, otorgando en este sentido el fundamento jurídico para normar en consecuencia;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON RPOPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Instálese en la localidad de Indio Rico en el predio ubicado en calle Sarmiento a la altura del 100, entre calles 25 de Mayo y Rivadavia, frente al edificio correspondiente a la Escuela N° 8, un banco rojo a efectos de simbolizar la continua acción de la comunidad indioricense contra la violencia de género.-

ARTICULO 2°: Dese, oportunamente, la intervención que corresponde a las distintas áreas del Departamento Ejecutivo que el cumplimiento del artículo precedente importe para su concreción.-

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.659

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 17 DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2020.-

Print Friendly, PDF & Email