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ORDENANZA Nº 4.754

Expediente HCD. Nº 7.013-D-2021

VISTO

El Expediente Nº 2.851/21 caratulado “IPHAIS SILVIO REF. CONSOLIDACION DEUDA IPS” iniciado por el Asesor Legal; y

CONSIDERANDO

Que el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires ha venido reclamando una deuda en función de conceptos salariales, que se observan en las Declaraciones Juradas Mensuales Unificadas de Aportes y Contribuciones de la Seguridad Social que envía la Municipalidad de Coronel Pringles, y que según el IPS no se ajustan a lo que establece el artículo 40º del Decreto Ley 9650/80;

Que el IPS requería, mediante una serie de reiteradas intimaciones, que se le abonaran los aportes patronales, contribuciones patronales con su actualización, de diversos rubros salariales que se le abonaron a los empleados de este Municipio, y que se pasaron en los haberes como no remunerativos;

Que los conceptos reclamados era: 1. Bonificación no remunerativa de $30 que se estableció por 120 días a partir de junio de 2006 y que se perpetuó hasta su baja en 2019. 2. Bonificación no remunerativa de $200 y $450 que se estableció según Decreto 335/14 y se abonó a partir de enero de 2015. 3. Bonificación no remunerativa de $350, $700, $175 y $350 que se abonó a partir de febrero de 2016. 4. Bonificación no remunerativa de $500 que se abonó en los meses de julio, agosto y septiembre de 2016. 5.- Bonificaciones códigos 143, 164, 193, 206 y 209;

Que el IPS formó por estos conceptos los expedientes 21557-49582-06, 21557-313297-15, 21557-382402-16, 21557-411640-17, y envió varias Cartas Documentos intimando el pago;

Que la razón del reclamo era que dichas remuneraciones fueron percibidas y tuvieron el carácter de habituales y regulares, condición que asigna el artículo 40º del DL 9650/80 para que sean consideradas remuneración y deba tener que aportarse al Instituto;

Que la determinación de deuda que realizaba el Instituto ascendía al 31/12/2018 a $39.607.100, a lo que debía adicionarse la correspondiente actualización, que en ese caso se proyectó a más de $100.000.000, lo que se debía abonar de capital más intereses;

Que hubo muchas instancias de negociación, gestiones y presentaciones administrativas, destacándose la nota presentada por el entonces Intendente Municipal Carlos A. Berterret, con una impugnación pormenorizada de la determinación de deuda, que hizo que el IPS reconsiderara su postura y mediante Carta Documento de fecha 26/10/2020 informara que se reacondiciona el reclamo a solo dos conceptos, que se reclamaran en los expedientes 21557-382402-16 y 21557-411640-17, determinando una deuda actualizada a octubre de 2020 que ascendía a $15.234.557;

Que se siguieron gestionando las condiciones y un plan de pago, llegando a la fecha con la intención de prestar conformidad a la liquidación de deuda que a la fecha asciende a $17.835.041,63 actualizada al 30/11/2021, y la cual se puede abonar en un plan de pago de cuarenta y ocho cuotas (48) mensuales, iguales y consecutivas de $679.342,07 que será descontada de la Coparticipación municipal, en los términos de la Resolución HD IPS Nº 311/2021;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, REUNIDO EN ASAMBLEA DE CONCEJALES y MAYORES CONTRIBUYENTES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Ratifíquese la gestión efectuada ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires por el Sr. Intendente Municipal con fecha 27/10/2021, por la cual consolida la deuda que este Municipio tiene con el IPS.

ARTÍCULO 2°: Ratifíquese asimismo la Resolución RESO-2021-931-GDEBA que declara legítimo el cargo deudor practicado por aportes personales, contribuciones patronales y accesorios, sobre los montos declarados como bonificaciones no remunerativas por el Municipio de Coronel Pringles, y que asciende a la suma de Pesos diecisiete millones ochocientos treinta y cinco mil cuarenta y uno con SESENTA Y TRES CENTAVOS ($17.835.041,63), actualizada al 30/11/2021 conforme artículo 12º del Decreto Ley 9650/80. Dicha resolución recepta favorablemente la propuesta de pago efectuada por la Municipalidad de Coronel Pringles a efectos de cancelar la deuda indicada en el artículo precedente, consistente en cuarenta y ocho (48) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de pesos seiscientos setenta y nueve mil trescientos cuarenta y dos con SIETE CENTAVOS ($679.342,07), las que serán retenidas de la coparticipación municipal a partir del mes de diciembre de 2021.

ARTÍCULO 3°: Cúmplase, Comuníquese, Dese al R.O. y Archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.754

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS 07 DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2021.-

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