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ORDENANZA Nº 4.807

Expediente HCD. Nº 7.149-D-22

VISTO

El Expediente Nº 0452 del año 2022, iniciado por la Directora de Obras e Infraestructura María Belén Lucarelli; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicitó la apertura del Registro de Oposición por el término de 5 (cinco) días hábiles para la obra “Realización de cordón cuneta” en distintos sectores de nuestra ciudad, autorizado por Decreto Nº 0297/22;

Que de fs. 6 a 14 constan los ejemplares gráficos que comprueban la publicación de dicho Registro;

Que a fs. 16 el Secretario de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos Arq. Diego Pelegrinelli informa que, una vez cumplido el plazo establecido, no se registraron firmas opositoras por parte de los vecinos afectados de la citada obra;

Que el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente es de $3.314,34, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra;

Que atento lo expuesto, es necesario declarar de utilidad pública y pago obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles beneficiados por la obra en cuestión;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1°: Declárese de Utilidad Pública y Pago Obligatorio para los propietarios y/o poseedores a título de dueños, de los inmuebles beneficiados por la obra de “Realización de Cordón Cuneta” en las siguientes calles:

  • Calle 57 e/ 1 y 2 (Vereda impar)
  • Calle 57 e/ 2 y 3 (Vereda impar)
  • Calle 57 e/ 3 y 4 (Vereda impar)
  • Calle 10 e/ 56 y 57 (Vereda par e impar)
  • Calle 10 e/ 55 y 56 (Vereda par e impar)
  • Calle 1 e/ 57 y 58 (Vereda par)

ARTICULO 2°: El pago de la obra estará a cargo de los propietarios y/o poseedores a título de dueños, y podrá efectuarse al contado o en el plazo fijado según el artículo 56º de la Ordenanza Fiscal 4.745/21, siendo el costo del metro lineal de cordón cuneta en las cuadras objeto del presente de $3.314,34, que será recuperado como contribución por mejoras una vez finalizada la obra.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dése al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.807

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 02 DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2022.-

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