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ORDENANZA Nº 4.817

Expediente HCD. Nº 7.175-D-22

Visto el Expediente N° 1.328 del año 2022, iniciado por el Jefe de Compras Cr. Juan José Olasagastia; y

CONSIDERANDO

Que mediante el mismo solicita autorización para que el Municipio de Coronel Pringles adhiera al Programa “AXION CARD”, consistente en un Convenio por el cual la Municipalidad podrá cargar combustible en los móviles asignados del parque automotor de distintas áreas incluyendo dependencias policiales, con beneficios de descuentos por carga en surtidor, pudiendo realizar dicha carga los conductores designados en cada caso con una tarjeta personalizada y en cualquier punto del país, lo que permitirá controlar el consumo y su transacción;

Que la Ordenanza Nº 3.205 del año 2001 autoriza al Departamento Ejecutivo a realizar Convenios con Organismos Públicos Nacionales, Provinciales y/o Municipales, siempre que no afecten los recursos municipales propios de esta ciudad;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: Autorícese al Departamento Ejecutivo a adherir al Programa Tarjeta “AXION CARD”, desarrollado por PAN AMERICAN ENERGY S.L., Sucursal Argentina, consistente en un Convenio, adjunto al Expediente de referencia, por el cual la Municipalidad podrá cargar combustible en los móviles asignados del parque automotor de distintas áreas incluyendo dependencias policiales, por un monto máximo a pagar durante el periodo 2022 de PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS ($664.386,00), pudiendo realizar dicha carga los conductores designados en cada caso con una tarjeta personalizada y en cualquier punto del país, lo que permitirá controlar efectivamente el consumo y su transacción, siendo el plazo de vigencia de diez (10) años a partir de la fecha de suscripción del Convenio, pudiendo renovarse por periodos de cinco (05) años.

ARTICULO 2°: El monto establecido en el artículo precedente surge según la Ley Orgánica de las Municipalidades en su artículo 151º, con valores actualizados al 01 de junio del presente año, para contratar en forma directa.

ARTICULO 3°: Comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.817

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 7 DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO 2022.-

JAQUELINA OQUIÑENA MARÍA LUISA SOTO

SECRETARIA INTERINA VICEPRESIDENTE 1º

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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