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ORDENANZA Nº 4.841

Expediente HCD. Nº 7.267-I-22

VISTO

El Expediente HCD. Nº 7.267-I-2022, sobre adhesión municipal a la Ley Provincial Nº 14.752, referente al reconocimiento de la Lengua de Señas Argentina en la Provincia de Buenos Aires; y

CONSIDERANDO

Que la Comunidad Sorda Argentina es una minoría lingüística-cultural cuya lengua natural es la LSA (Lengua de Señas Argentina) “sistema lingüístico producido en la modalidad visual y espacial, con su compleja gramática, pragmática y sus usos específicos;

Que como toda lengua natural, la LSA (Lengua de Señas Argentina) posibilita la comunicación, vehiculiza el pensamiento, propicia el desarrollo psico y socio emocional de las personas sordas, permite la interacción e implica el respeto a las diferencias culturales, reconociendo las condiciones de igualdad de todos los seres humanos;

Que a nivel Nacional la Comunidad Sorda a través de sus organismos representantes como la CAS (Confederación Argentina de Sordos) se encuentran en lucha por la aprobación de la Ley Nacional y lograr el reconocimiento oficial en todo el territorio argentino tanto en su sociedad como en el sistema educativo;

Que siguiendo este importante y valioso camino de concientización ya que abre espacios (clubes, comercios, escuelas, etc.) para que todas las personas sordas puedan ser independientes y desarrollar su vida sin encontrarse con la barrera de incomunicación, creemos fundamental la adhesión a esta Ley en el ámbito comunal, municipal y educativo;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Dispóngase la adhesión de la Municipalidad de Coronel Pringles a la Ley Provincial Nº 14.752 que tiene como principal objetivo el reconocimiento de la LSA y el Derecho que tienen las personas sordas a usarla como medio de expresión, comunicación y aprendizaje.

ARTICULO 2º: El Departamento Ejecutivo dictará cursos de LSA destinado a la comunidad y a sus trabajadores en las diferentes áreas.

ARTICULO 3º: Comunicar al Sr. Jefe Distrital arbitre los medios necesarios para que la LSA pueda incluirse como aprendizaje en todos los niveles.

ARTICULO 4º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

REGISTRADA BAJO EL Nº 4.841

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 20 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO 2022.

JAQUELINA OQUIÑENA Dr. LUIS GONZALEZ ESTEVARENA

SECRETARIA INTERINA PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante

Coronel Pringles Coronel Pringles

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