EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Apoyar la Resolución Nº 61/2005, aprobada por el Honorable Concejo Deliberante de Bolívar por la cual se dirige a ambas Cámaras Legislativas de la Provincia de Buenos Aires (Comisión de Asuntos Constitucionales) a los fines de solicitarle se estudie la derogación de la Ley 13.217 que modifica la percepción por parte de los Concejales de la acumulación de más de dos empleos y remuneraciones percibidas de los estados provinciales y/o nacionales o municipales por considerar que dicha ley en su agregado al Artículo 92º de la Ley Orgánica de las Municipalidades viola abiertamente el Artículo 53º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, solicitamos se nos remita los par metros legales y/o constitucionales evaluados para introducir el agregado al mencionado artículo expresado a través de la Ley 13.217, oportunamente sancionada por las Cámaras Legislativas Provinciales; y dirigiéndose al Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, a los efectos de solicitarle un dictamen de los Organismos Técnicos de que dispone, con relación a la inconstitucionalidad de la Ley Provincial 13.217.-
ARTICULO 2º: Enviar copia de la presente al Poder Ejecutivo Provincial, a las Honorables Cámaras Legislativas Provinciales y al Honorable Concejo Deliberante de Bolívar.-
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla a quienes corresponde y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.177/06.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE MAYO DE 2006.-