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RESOLUCIÓN Nº 2.299

Expediente HCD. No.3.601-B-06.-

VISTO

La CARTA DE INTENCION firmada el 30 de Noviembre de 2005, entre el MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representada en ese acto por el Señor Ministro de Asuntos Agrarios, Ingeniero Raúl Rivara y EL COMANDO DE REMONTA Y VETERINARIA, representado en ese acto por su Comandante General de Brigada, Sr. Gustavo Gabriel Shurlein; y El DECRETO No.721 dictado por el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que lleva la firma del Señor Gobernador Ing. Felipe Solá y el Ministro de Asuntos Agrarios, Ing. Raúl Rivara; y

CONSIDERANDO

Que en la CARTA de INTENCION, firmada entre el MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y EL COMANDO DE REMONTA Y VETERINARIA, consideran importante aunar esfuerzos para erradicar la población de CABALLOS CIMARRONES concentrados en el Parque Provincial Ernesto Tornquist;

Que en virtud de leyes pre-existentes de conservación y preservación de Parques y Reservas Naturales de la Provincia de Buenos Aires, (Ley 10.907) la cual en su Artículo 20o. prevé entre sus prohibiciones que se albergue en las reservas naturales animales NO AUTOCTONOS, el Ministerio le entrega al Comando la totalidad de los equinos que se encuentren concentrados en la Reserva Natural Provincial Ernesto Tornquist (Artículo 1o. de la CARTA DE INTENCION);

Que en virtud de tan importante decisión sería conducente determinar a través de un estudio técnico del cual participen Universidades y Profesionales afines, si estos caballos son verdaderamente NO autóctonos y si su impacto en el ecosistema ocasiona pérdida de biodiversidad, competencia con especies nativas y otras alteraciones que configuren peligro de extinción de especies en la naturaleza, como se planteaba en los considerandos de la Carta de Intención;

Que en el Artículo 3o. de dicha Carta de Intención, el Ministerio establece parámetros que deberán cumplirse ante la entrega de los animales al Comando, como fortalecer e incrementar la cría de equinos en el País, retener vientres equinos hembras para manadas mulateras, entregar equinos machos a criadores inscriptos con fines de fomento, uso de las tropas montadas operacionales y Establecimientos del Comando. No obstante como párrafo final se abre la posibilidad de que aquellos que no “reúnan las condiciones serán puestos a disposición final”; entiéndase enviar a matadero; Que se ANEXA un CRONOGRAMA (tentativo) DE TRASLADO, el cual debió comenzar el día 21 de Noviembre, produciéndose el primer embarque de 60 animales el día 22 de Noviembre y así sucesivamente ocho (8) embarques más de la misma cantidad, dando un total de 540 equinos;

Que el DECRETO No.721 dictado por el PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en virtud de los antecedentes incorporados en el Expediente No.2560-2923/05, y fundamentalmente en base a lo planteado en los considerandos de la CARTA DE INTENCION, firmada entre el MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y EL COMANDO DE REMONTA Y VETERINARIA, aprueba en su Artículo 1o. dicho instrumento, permitiendo de esta manera la erradicación de los CABALLOS CIMARRONES del Parque E. Tornquist, dando fin a estas manadas cimarronas luego de 500 años de habitar suelo Argentino;

Que podríamos entender términos como tipificación, clasificación por consaguinidad, improductividad, edad o estado, que realizadas con idoneidad, beneficiar  sin lugar a dudas la conformación de estas manadas, pero NO se puede compartir el término ERRADICAR, que significa la pérdida total de esta especie equina, sin un estudio serio que justifique tamaña determinación;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,

RESUELVE

ARTICULO 1o: El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles, solicita al Señor Gobernador de la Provincia de Buenos Aires suspenda momentáneamente los alcances y aplicación del DECRETO No.721, a través del cual se aprueba lo establecido en la CARTA DE INTENCION firmada por el MINISTERIO DE ASUNTOS AGRARIOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y EL COMANDO DE REMONTA y VETERINARIA (Exp. No.2560-2923/05) hasta tanto se realice un estudio técnico del cual partícipen Universidades y Profesionales, a través del cual se pueda establecer si estos caballos son verdaderamente NO autóctonos y si su impacto en el ecosistema ocasiona pérdida de biodiversidad, su competencia con especies nativas y otras alteraciones que configuren peligro de extinción de especies en la naturaleza.-

ARTICULO 2o: Como así también, se solicita convocar para la definición de dicho Estudio, a representantes de los Municipios relacionados territorialmente, especialmente: Municipalidad de Tornquist, Coronel Pringles y Coronel Suárez, Universidad de Bahía Blanca, Colegio de Veterinarios e Ingeniería de la Provincia, Ministerios Provinciales y toda aquella Institución que ese Departamento Ejecutivo crea conveniente para una pronta y justa resolución.-

ARTICULO 3o: Se enviar  copia del presente proyecto a las Honorables Cámaras Legislativas Provinciales y a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires, para que emitan resolución de igual tenor.-

ARTICULO 4o: Se adjunta al proyecto, copia de la CARTA DE INTENCION y DECRETO PROVINCIAL No.721.-

ARTICULO 5o: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla a quien corresponda, registrarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL No.2.299/06.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DE 2006.-

 

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