Expediente HCD. No.3.676-B-07.-
VISTO
Ante la enorme preocupación que genera la falta de gasoil para levantar la cosecha y sembrar trigo no solamente en los productores agropecuarios, sino en el conjunto de la comunidad, que tiene al campo como la principal industria y que ha generado en gran parte la reactivación económica del país, pese a las políticas distorsivas implementadas por el gobierno nacional; y
CONSIDERANDO
Que en los últimos meses había faltante de combustible generando serios problemas productivos en vastas regiones del país y que en los últimos quince días dicha problemática se agravo en la zona de la pampa húmeda;
Que las diferentes entidades agropecuarias, han expresado su honda preocupación porque el mercado de combustibles “esta muy complicado” entre ellos los Vicepresidentes de la F.A.A. Señores Pablo Orsoni y Ulises Forte; el Titular de CARBAP, Señor Pedro Apaolaza, al igual que la Sociedad Rural Argentina;
Que las promesas de solución expresadas por el Señor Presidente de la Nación, Doctor Néstor Kirchner; y por el Ministro de Planificación, Señor Julio De Vido; de aplicar la Ley de Abastecimiento, no se han cumplido, y hasta la fecha en vez de estar en vías de solución el problema planteado, va en el sentido contrario, el de agravarse;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
RESUELVE
ARTICULO 1o: Solicitar al Señor Presidente de la Nación, Doctor Néstor Kirchner; al Ministro de Planificación, Señor Julio De Vido; y al Señor Secretario de Energía Daniel Cameron, la urgente aplicación de la Ley de Abastecimiento, con la finalidad de dar solución a la falta de combustible que pone en riesgo la producción de amplias regiones del país y el desarrollo de sus comunidades.-
ARTICULO 2o: Solicitar adhesión a los Honorables Concejos Deliberantes de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 3o: Enviar copia de la presente a las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 4o: Enviar copia de la presente a las Honorables Cámaras de Senadores y Diputados de la Nación.-
ARTICULO 5o: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla a quien corresponda, registrarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL No.2.334/07.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 15 DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2007.-