Expediente HCD. Nº 4166-A-09.-
VISTO
La necesidad de igualar la normativa en materia de retribuciones fijadas por la provincia de Buenos Aires, mediante ley 13.354, respecto de abonar a los agentes provinciales por cada año de antigüedad el dos por ciento (2%) a partir del 1 enero 2005 y del tres por ciento (3%) a partir del 1 enero 2006, y que esta situación vulnera derechos básicos de los agentes dependientes de los municipios bonaerenses que perciben el uno por ciento (1%) por el mismo concepto; y
CONSIDERANDO
Que por Decreto 61/96 se observa el Artículo 19º – inciso b) de la Ley 11.757 “Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires” el cual estipulaba que los Municipios pudieran abonar adicionales superiores al uno por ciento (1%) siempre y cuando su situación económica y financiera lo permita, y no posea anticipos de coparticipación ni tomado créditos destinados a pagos de salarios;
Que el veto se basaba en la política general de saneamiento económico financiero de las administraciones municipales bonaerenses, fijada por ley 11.582;
Que la situación económica y financiera de los municipios bonaerenses actualmente permite holgadamente abonar la retribución por antigüedad, en virtud de los aumentos en la coparticipación como así también en la recaudación fiscal;
Que la Constitución Nacional en su Artículo 14º bis garantiza igual remuneración por igual tarea, como también lo expresa la Constitución de la provincia de Buenos Aires en su Artículo 39º;
Que es una obligación moral el restablecer un derecho inobjetable de los trabajadores municipales de la provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que realice los estudios de ——————– factibilidad económicos-financieros para la aplicación de la Ley Nº 13.354 concordante con la Ley Nº 11.757 – Artículo 19º – Inciso b).
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla ——————— y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.577.–
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS OCHO DIAS DEL MES DE ABRIL DE 2010.-