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RESOLUCIÓN Nº 2.693

Expediente HCD. Nº 4.504-B-10.-

VISTO

La Resolución Nº 2.469/08 que se refiere al Programa de Presupuesto Participativo, donde se expresa la posibilidad de su puesta en marcha en un sector de la ciudad, como plan piloto, para luego evaluar su implementación en otros barrios; y

CONSIDERANDO

Que la Localidad de Indio Rico ofrece condiciones favorables para ser un lugar testigo, al ser un sector geográficamente bien delimitado, con fuerte identidad y sentido de pertenencia, y con vivencia y conciencia de sus necesidades fundamentales;

Que puede establecerse, para llevar a cabo en esa Localidad obras significativas, un porcentaje de la coparticipación de libre disponibilidad, respetando luego la autodeterminación comunitaria en lo que se refiere al destino de esos recursos;

Que la Ordenanza Nº 3.809/10 delimita geográficamente los distintos barrios de la Localidad del casco urbano de Coronel Pringles, de manera que luego de ponderar esta experiencia en Indio Rico, se podría considerar luego trasladarla gradualmente a estos sectores;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, ELEVA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la puesta en marcha del Programa Presupuesto Participativo en la Localidad de Indio Rico, a partir del Ejercicio del Año 2011.

ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que destine para la Localidad de Indio Rico el 1% de la coparticipación de libre disponibilidad que se recibe de la Provincia de Buenos Aires, percibida por el municipio el año inmediato anterior al de la implementación del Presupuesto Participativo en la Localidad de Indio Rico, recurso cuyo destino será distribuido bajo la modalidad del Presupuesto Participativo, con la cuenta afectada que el área contable determine.

ARTICULO 3º: Solicitar al Departamento Ejecutivo promueva la Creación de una Comisión de Supervisión de Implementación del Presupuesto Participativo (COSIPP). Esta Comisión estará integrada por:

  • 1 representante del Departamento Ejecutivo. (Presidiendo la Comisión).-
  • 1 representante por cada uno de los Bloques que componen el Honorable Concejo Deliberante.
  • 1 representante por cada Institución con Personería Jurídica de la Localidad de Indio Rico.-

ARTICULO 4º: Serán funciones de la COSIPP:

  1. Difundir la Convocatoria a los vecinos de la Localidad de Indio Rico, mayores de 18 años, para la realización de la reunión (foro o asamblea) donde se determinarán los fondos asignados.
  2. Organizar las reuniones en cuanto a:

. Conceder el uso de la palabra.

. Ordenamiento de las propuestas efectuadas por los vecinos.

. Definir sistema de votación y difundir sus resultados posteriores.

. Elevación al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante de lo decidido en la Asamblea.

. Evaluar y notificar por escrito al Departamento Ejecutivo y al Honorable Concejo Deliberante de las irregularidades e incumplimientos de lo acordado en la Asamblea.

. Realizar las Actas correspondientes y las actividades de difusión que consideren pertinentes.

. Evaluar y rectificar la metodología utilizada en cada uno de los ítems anteriormente enunciados, de considerarlo necesario.-

ARTICULO 5º: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.693.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS 21 DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2010.

GRACIELA C.G.de SORIA

AUX.SEC.ADM.

H.C.D.

 

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