Expediente HCD Nº 4.630-B-11.-
VISTO
La exhibición de revistas en las vidrieras de kioscos que dan a la vía pública con fotografías de mujeres desnudas y muchas veces en poses casi pornográficas; y
CONSIDERANDO
Que tenemos un Código de Faltas que en su Capítulo X habla sobre Faltas a la Moral y las Buenas Costumbres, y el Artículo 103º dice que: la venta, emisión, distribución o exposición o circulación de libros, revistas, fotografías, avisos, emblemas, carteles impresos, audiciones, grabaciones, imágenes, pinturas u objetos de cualquier naturaleza que resulten inmorales o atentatorios a las buenas costumbres y que no estuvieren autorizados, serán sancionados con multa de Veinte (20) a Doscientos (200) módulos y/o decomiso e inutilización de los elementos empleados para cometer la falta y/o clausura hasta quince (15) días. Las penas se aplicarán indistintamente al editor, distribuidor, vendedor y todo aquel que sea responsable de cualquier etapa de la comercialización;
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS
RESUELVE
ARTICULO 1º: Solicitar al Señor Intendente que a través del área de Inspección General, realice una campaña de conocimiento a los comerciantes del Código de Faltas.-
ARTICULO 2º: Solicitar al Señor Intendente que por intermedio de Inspección General se garantice el cumplimiento del Artículo 103º del Código de Faltas.-
ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.739.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DOS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2011.-