Expediente HCD. N° 4.631-B-11.-
VISTO
La Ordenanza N° 3798/10 la cual establece un mecanismo de financiamiento municipal para emprendimientos productivos y de servicios, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante el 08/04/10 y promulgada por el Intendente Municipal por medio de Decreto 0367/10; y
CONSIDERANDO
Que citados los beneficiarios de los microcréditos se postergó la entrega de estos por aducir el Departamento Ejecutivo impedimentos legales, lo que ha generado consultas de diversos tipos y a distintos organismos, que implica una demora considerable para su recepción;
Que la situación de los potenciales beneficiarios es crítica, dado que a la necesidad inicial que motivó su solicitud se le suma que muchos de ellos contrajeron deudas para desarrollar su emprendimiento, con la convicción, a partir de su citación, que los préstamos le serían otorgados;
Que, por otra parte, el monto solicitado hoy resulta insuficiente por el aumento de del costo de los diferentes insumos cualquiera sea el rubro que se desee emprender;
Por ello;
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,
RESUELVE
ARTICULO 1°: Solicitar al Departamento Ejecutivo:
- Subsidie a cada uno de los integrantes del listado de beneficiarios de los microcréditos municipales, propuestos por la Comisión Evaluadora, con una suma de dinero igual a la que recibirían en concepto del préstamo con un adicional del 20%.-
- La apertura de una cuenta bancaria donde los receptores del subsidio depositen la devolución voluntaria, la cual será destinada a conformar un Fondo Rotatorio para el otorgamiento de nuevos microcréditos.-
- Diseñe e implemente, a la brevedad, los instrumentos formales para concretar los ítems enunciados.
ARTICULO 2°: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.746.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DE 2011.-