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RESOLUCIÓN Nº 2.763

Expediente HCD. Nº 4.716-B-11.-

VISTO

El incumplimiento constante de Ordenanzas que hacen a la convivencia en la Ciudad; y

CONSIDERANDO

Que es frecuente observar automotores circulando en contramano por calles de tierra;

Que es frecuente observar automotores estacionados sobre las veredas;

Que es frecuente observar motociclistas circulando sin casco, ellos o sus acompañantes;

Que es frecuente observar baldeo de veredas fuera de los horarios permitidos;

Que es frecuente observar motocicletas emitiendo ruidos molestos;

Que es frecuente observar desorden en el tránsito en el camino a la Virgen, especialmente los días Domingos y feriados;

Que es frecuente escuchar en los medios de difusión las quejas de los vecinos por ruidos molestos emitidos por vehículos en la noche;

Que es frecuente observar el tránsito de camiones fuera de los horarios y lugares permitidos;

Que en declaraciones a medios periodísticos, el Director de Tránsito ha expresado que “no tiene personal suficiente” para cubrir toda la ciudad a lo largo del día;

Que es función indelegable del Departamento Ejecutivo cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas;

Que es función indelegable de Inspección General no sólo la represión de las faltas ocasionadas, sino también la prevención del ciudadano respecto a la falta que pudiere cometer;

Que el Municipio cuenta con personal que, convenientemente capacitado, puede desarrollar las tareas de inspección;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, a través de quien corresponda, capacite a personal municipal existente, para dotar a la Dirección de Tránsito de más agentes, a fin de garantizar la cobertura territorial y temporal de toda la ciudad y dar solución a las problemáticas planteadas.-

ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.763.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2011.-

 

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