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RESOLUCIÓN Nº 2.839

Expediente HCD. Nº 4.960-B-12.-

VISTO

Que es necesario continuar reordenando el tránsito de esta ciudad cabecera; y

CONSIDERANDO

Que la Ordenanza 3.911/11 sancionada luego de un largo y destacable trabajo por parte de sus autores y otros Concejales que colaboraron en las Comisiones internas, no pudo abordar la problemática de los transportes de gran tamaño que ingresan a nuestra ciudad a dejar mercaderías.

Que la norma citada en el párrafo anterior debió limitarse a la realidad existente y solo reglamento de la mejor forma posible el ingreso de dichos transportes en un horario determinado;

Que por otro lado, aunque se cumpla de forma inmediata el Código de Zonificación respecto a los depósitos en el radio urbano, será imposible evitar que los grandes trasportes que recorren el país distribuyendo mercaderías ingresen a nuestra ciudad de no establecer algún método de trasbordo a trasportes de menor tamaño;

Que no se considera oportuno imponer inmediatamente nuevos comportamientos ni encarecer la logística de los comercios locales, pero sí se ve oportuno comenzar a evaluar la creación de un Centro de Transbordo de Mercaderías mediante el consenso con él o los entes corporativos que representan a los comerciantes de nuestro medio;

Que de lograrse el objetivo planteado en el presente proyecto, con posterioridad se puede realizar una modificación al Artículo 10 de la Ordenanza 3.911/11 para limitar a casos excepcionales, por los que se deberá pagar un tributo específico, el ingreso de trasportes de gran tamaño al radio céntrico;

Que no se especifica el tonelaje para determinar el tamaño de los transportes, si bien se estima que los camiones con acoplados o semirremolques deben tomarse como transportes a limitar su ingreso consideramos que esa discusión deberá darse con posterioridad dado que el objetivo de la presente iniciativa es evaluar la posibilidad de crear en esta ciudad un Centro de Transbordo de Mercaderías;

Que la reciente puesta en funcionamiento de la playa de estacionamiento de camiones es el punta pié inicial para imponer una nueva cultura respecto al tránsito pesado en la ciudad, que no solo redunde en una mayor seguridad vial urbana, también favorecerá a disminuir las roturas de calles de asfalto y de tierra que provoca el tránsito pesado;

Que además de la playa de estacionamiento de camiones y la posibilidad de establecer un Centro de Trasbordo se evaluó como positivo comenzar a colocar, sin prisa pero sin pausa, limitadores de altura en distintas calles de la ciudad con el fin de evitar que los trasportes de gran tamaño ingresen en el urbano, por ejemplo en las calles de ingreso a la ciudad desde el Boulevard Amirín (40);

Que de lograrse los objetivos aquí propuestos consideramos que se deberá modificar la ordenanza de tránsito para prohibir el ingreso de camiones de gran porte en cualquier día y horario, estableciendo que para las situaciones que su ingreso sea inevitable, previa fundamentación y excepción, el solicitante deberá abonar una tasa que estará impuesta en la ordenanza correspondiente y brindando el municipio la señalización y vigilancia que corresponda con el fin que el trasporte ingrese y egrese de la ciudad vigilado y garantizando la seguridad vial de los vecinos;

2.-

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

ARTÍCULO 1: Solicitar al Departamento Ejecutivo que tenga a bien coordinar con el ente representativo de los comerciantes de Coronel Pringles, la puesta en marcha de un Centro de Transbordo de Mercaderías, con el objeto de evitar el ingreso de trasportes de gran porte en el radio urbano.-

ARTÍCULO 2: Entiéndase por Centro de Transbordo de Mercaderías un espacio físico ubicado de acuerdo a lo normado por el Código de Zonificación  que cuente con las comodidades necesarias para el trasbordo y posible depósito de mercaderías que, provenientes de otras ciudades y destinadas al radio urbano de esta ciudad, deben ser trasbordadas a transportes de menor tamaño para poder ingresar a la ciudad.-

ARTICULO 3°: Solicitar al Departamento Ejecutivo que a partir de la aplicación del presupuesto del próximo ejercicio comience a colocar en calles de ingreso a la ciudad limitadores de altura que impidan el acceso de trasportes de gran porte al radio urbano de esta ciudad cabecera.-

ARTICULO 4°: Firmar la presente en dos ejemplares, comunicarla, registrarla y archivarla.

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.839.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2012.

 

 

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