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RESOLUCIÓN Nº 2.849

Expediente HCD. Nº 4.985-B-12.-

VISTO

Los reclamos recibidos por vecinos de la ciudad que deben perder y padecer durante horas para ser atendidos en las entidades bancarias, especialmente en el Banco de la Nación Argentina y en menor medida en el Banco Provincia o las otras entidades bancarias; y

CONSIDERANDO

Que los reclamos recibidos son fundados y de fácil comprobación;

Que entre los distintos factores que encontramos al consultar sobre esta problemática encontramos básicamente tres: falta de recursos humanos, utilización de los bancos para realizar operaciones que pueden realizarse en otras bocas de cobro o mediante sistemas electrónicos y la normal e inevitable concurrencia de estudios y oficinas que deben realizar numerosas operaciones;

Que la falta de recursos humanos se profundiza cuando los empleados de caja acogiéndose a sus derechos laborales se retiran a almorzar, situación que si se suma a otros factores como por ejemplo en el Banco Nación una caja se destina a los escritorios y que el cajero/tesorero debe realizar tareas vinculadas a ese cargo, las cajas operativas para el público son una o dos, provocando esperas de dos horas o más;

Que incluso si bien no hemos conocido vecinos que hayan realizado la siguiente operatoria es fácilmente comprobable que cuando el Banco Nación está congestionado es más rápido acudir a la sucursal Indio Rico y regresar a Coronel Pringles que esperar ser atendido en la sucursal local;

Que al existir vencimientos preestablecidos y al estar todas las operaciones sistematizadas es de fácil detección los días de mayor concurrencia para establecer sistemas alternativos a los actuales que están totalmente desbordados;

Que al consultar o ver cuáles son las operaciones que los vecinos realizan en los bancos detectamos que concurren a realizar pagos de tasas, impuestos o servicios que pueden realizarse mediante sistemas alternativos como el Homebanking, las redes link y Banelco o concurriendo a otras bocas de cobro como las ubicadas en la Asociación de la Industria y el Comercio, la Sociedad Rural, las sucursales de la Cooperativa Obrera o las distintas empresas de cobro con bocas en nuestra ciudad;

Que al ser representantes del pueblo consideramos oportuno presentar esta incitativa dado que por falta de tiempo, no ser clientes de los bancos u otros factores los vecinos afectados no pueden realizar individualmente su reclamo en las entidades bancarias;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION

ARTÍCULO 1: Dirigirse a los Gerentes de las Sucursales de Coronel Pringles del Banco de la Provincia de Buenos Aires y del Banco de la Nación Argentina para que tengan a bien, en el marco de las normativas de seguridad impuestas por el Banco Central y los derechos laborales del personal bancario, procedan a:

  1. Optimizar la atención al público en las cajas especialmente en los días que de acuerdo a la estadística existente y a los vencimientos preestablecidos la afluencia de vecinos sea mayor. Teniendo en cuenta que las mayores demoras se registran cuando coincide la disminución de cajeros por horario de almuerzo con más de una oficina que concurre con numerosos comprobantes.
  2. Tengan a bien evaluar la habilitación de una terminal exclusivamente de cobro en las dependencias internas de cada sucursal destinada únicamente a los estudios contables u oficinas que habitualmente concurren numerosos comprobantes con el objeto de brindar mayor comodidad a quienes concurren a realizar esta tarea y no generar demoras entre los vecinos que concurren a realizar pocas operaciones.-

ARTÍCULO 2: Solicitar al Departamento Ejecutivo que por intermedio del área de Prensa se proceda a realizar una campaña de concientización que desaliente la concurrencia a los Bancos para realizar operaciones que se pueden realizar por intermedio de otros medios de pago, como por ejemplo las redes de cajeros electrónicos Link y Banelco, los sistemas de Homebanking, las bocas de cobro en la Asociación de la Industria y el Comercio, la Sociedad Rural, las sucursales de la Cooperativa Obrera o la dirección de entes de cobros privados.-

ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.849.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.

 

 

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