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RESOLUCIÓN Nº 2.850

CONTESTADA POR EL D.E. INGRESO RESPUESTA EN QUINTA SESIÓN ORDINARIA DE FECHA 6/6/13- PERMANECE EN SECRETARIA.

Expediente HCD. Nº 4.986-B-12.-

VISTO

Los fundamentos de la Resolución N° 2.800/12 aprobada por este Cuerpo el 21 de junio del corriente, la problemática planteada en las recientes Jornadas de Manejo Sustentable de los Recursos Hídricos y lo impuesto en la Ley Nº 12.257; y

CONSIDERANDO

Que es necesario la imperiosa articulación entre el estado Provincial y Municipal en el resguardo de los recursos hídricos;

Que la Municipalidad por proximidad y mayor interés directo sobre la problemática puede aportar desde criterios hasta recursos humanos con el fin de cumplir los objetivos impuestos en el Código de Agua;

Que para que el Estado Municipal pueda intervenir directa o indirectamente hay que interactuar indefectiblemente con el ente provincial de la Autoridad del Agua (ADA);

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCION

ARTÍCULO 1: Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal con el fin de solicitarle que gestione ante el ente provincial de la Autoridad del Agua (ADA):

  1. Se dé cumplimiento a lo establecido en el Artículo 10º de la Ley 12.257 (Inventario físico) sobre los recursos hídricos superficiales y subterráneos ubicados o con influencia en el partido de Coronel Pringles.
  2. Envíe a esta Municipalidad la información anual de propia constatación o recibida de los concesionarios (Artículo 16º Ley 12.257).
  3. Se incluya en los parámetros establecidos en el Artículo 41º a las solicitudes o renovaciones de concesiones encuadradas en el Artículo 55º inciso b) respecto a los recursos hídricos superficiales y subterráneas ubicados o con influencia en el partido de Coronel Pringles, ambos artículos pertenecientes a la Ley 12.257.
  4. Envíe de forma sistemática a esta Municipalidad la información que cuenta para el cálculo del aforo de existencia de caudal requerido para otorgar una concesión, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 59º de la Ley 12.257, de los recursos hídricos superficiales y subterráneos ubicados o con afectación en el partido de Coronel Pringles.
  5. La firma de convenio/s con la Autoridad del Agua, de acuerdo a los parámetros establecidos en el Artículo 161º de la Ley 12.257, con el objeto de transferir a la órbita municipal la potestad de recepción de solicitud de permiso y concesión, contralor de efectos perjudiciales a terceros o al patrimonio natural del estado de permisos y concesiones vigentes, contralor de los pozos y equipos de riego habilitados, ejercer poder de policía respecto a la utilización clandestina de los recursos hídricos y cobro de cánones, distribuidos solidariamente y de acuerdo a lo consensuado con la ADA o tasas con el objeto de solventar los gastos ocasionados por hacer cumplir el Código de Agua en esta jurisdicción respecto las concesiones y permisos encuadrados en el Articulo 55º inciso b) de la Ley 12.257.-

ARTÍCULO 2: Dirigirse al Departamento Ejecutivo Municipal con el objeto de solicitarle que mediante el área que considere pertinente proceda a realizar la intermediación entre los posibles afectados por la actividad de los concesionarios y la Autoridad del Agua con el objeto de dar cumplimiento al Artículo 30º de la Ley 12.257.-

ARTÍCULO 3: Enviar copia de la presente a los Departamentos Deliberativos de los municipios integrantes de Comité Regional C de la Cuenca Hídrica del Río Salado, Comité de la Cuenca Hídrica del Río Quequén Salado y Comité de la Cuenca Hídrica Río Sauce Grande con el objeto de:

  1. Solicitar que evalúen la adopción de medidas de similares características respecto a sus jurisdicciones.
  2. Solicitar que evalúen la conformación de un Comité Intercuencas con el objeto de evaluar y realizar un seguimiento específico a la utilización de los recursos hídricos superficiales y subterráneos de la región para fines de riego con el objeto de garantizar calidad y caudal de agua a las futuras generaciones.-
    ARTÍCULO 4: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.850.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE NOVIEMBRE DE 2012.

 

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