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RESOLUCIÓN Nº 2.888

Expediente HCD. Nº 5.135-B-13.-

VISTO

La Ordenanza 3.887/11; y

CONSIDERANDO

Que dicha Ordenanza establece en su Art. 1º la suma de Pesos Veinte mil ($20.000) mensuales, destinados a solventar gastos del Hogar de Jubilados y Pensionados de Coronel Pringles (sito en calles Avenida 25 de mayo y 19);

Que desde su aprobación en el Honorable Concejo Deliberante y posterior promulgación por parte del Departamento Ejecutivo, en el mes de Agosto del año 2011, solamente se abonaron a la Institución beneficiaria el mes de Septiembre 2011 y Noviembre 2011, adeudándose los meses de Octubre 2011, Diciembre 2011, todo el año 2012 y lo que va del 2013;

Que no debe confundirse lo establecido por la Ordenanza 3.887/11 con lo normado por la Ordenanza 3.883/11, la primera asigna un aporte económico mensual ($ 20.000), mientras que la segunda declara de interés público la obra de reparación y adecuación de las instalaciones del Hogar tendientes a mejorar la salubridad, seguridad, confortabilidad y accesibilidad de los ancianos allí internados;

Que actualmente el Hogar alberga a 22 ancianos de nuestro distrito, y que la ley natural que rige el accionar de los seres humanos indica que se debe prestar especial atención a todos aquellos individuos que se encuentren en situación de desprotección, principalmente niños y ancianos;

Que el déficit acumulado a la fecha rondó los Pesos Trescientos mil ($ 300.000), y los gastos mensuales son aproximadamente Pesos Setenta mil ($ 70.000);

Que a la grave situación financiera se le suma la rotura de la caldera utilizada para calefaccionar todo el edificio de la Institución, además del deterioro de la instalación de Gas, Agua (grifería), algunos sectores del techo, entre otras dificultades;

Que a pesar de todas las dificultades descriptas, la Institución ha logrado la Habilitación Provincial por parte del Ministerio de Salud (Dirección de Fiscalización Sanitaria), como así también el Certificado de Final de Obra en Condiciones de Extinción, y la Inscripción como Generador de Residuos Patogénicos, todas estas acciones en el marco del objetivo de lograr la habilitación de P.A.M.I y acceder a los beneficios de la misma;

Que resulta repulsivo el hecho de que el Departamento Ejecutivo cerrara el año 2012 con casi $ 8.000.000 de libre disponibilidad, que se reclamara el cumplimiento de lo establecido por la Ordenanza 3.887/11 a través de las Comunicaciones Nº 476 y 481, y que a pesar de la altísima sensibilidad social que demanda la situación planteada, se omitiera groseramente el cumplimiento de la Ordenanza;

Que la irregularidad en los aportes establecidos por Ordenanza afecta notoriamente el normal funcionamiento del Hogar;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo cumpla de forma inmediata con lo normado por la Ordenanza 3.887/11, realizando el pago de Pesos Doscientos Ochenta mil ($ 280.000), correspondientes a los meses de Octubre y Diciembre 2011, y a todo el año 2012.-

ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo proceda de forma inmediata normalice los pagos mensuales establecidos por la Ordenanza 3.887/11, correspondientes al año 2013 (a la fecha alcanzan los $ 140.000).-

ARTICULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.888.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE AGOSTO DE 2013.-

 

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