Expediente HCD. Nº 5.139-B-13.-
VISTO
Que en el año 2011 vecinos de nuestra ciudad solicitaron a este Departamento Deliberativo declarar Patrimonio histórico cultural a la sede del Club Atlético “El Divisorio” y que en el mismo año otros miembros de la comunidad hicieron un pedido similar respecto al edificio que funcionó como segunda alcaldía en Paraje “La Paloma”; y
CONSIDERANDO
Que en el mes de noviembre del 2011 se solicitó al Departamento Ejecutivo que para dar cumplimiento a la Ordenanza Nº 3.624/07, las áreas municipales: Instituto Cultural, Subsecretaría de Obras Públicas y Secretaría de Hacienda debían dictaminar al respecto;
Que ante la falta de respuesta este Cuerpo aprobó una Resolución en el mes de Octubre del año 2012, reiterando esta solicitud;
Que pasados cerca de 2 años de la petición realizada por vecinos de nuestra ciudad, aún no existe definición del Departamento Ejecutivo al respecto;
Que se evalúa al tiempo transcurrido como más que suficiente para dictaminar, incluso haciendo partícipe a otras áreas del Departamento Ejecutivo, si así fuera necesario (como por ejemplo Asesoría Legal);
Por ello,
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
RESOLUCIÓN
ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo eleve, a la brevedad, a este Departamento Deliberativo, los dictámenes de las áreas enunciadas en el Artículo 8º de la Ordenanza 3.624/07, en referencia a la factibilidad de declarar Patrimonio Histórico Cultural a:
. Sede Club Atlético “El Divisorio”.
. Edificio donde funcionó como segunda Alcaldía en el Paraje “La Paloma”.
ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-
REGISTRADA BAJO EL Nº 2.890.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A UN DIA DEL MES DE AGOSTO DE 2013.-