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RESOLUCIÓN Nº 2.898

Expediente HCD. Nº 5.162-B-13.-

VISTO

La Ley 13.298 “De la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños”, y

CONSIDERANDO

Que dicha Ley establece los principios para la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños;

Que su aprobación y posterior reglamentación a través del Decreto 300/05, generó como único hecho positivo destacable una legislación acorde (al menos desde lo conceptual) con la Convención sobre los Derechos del Niño, pero que en la práctica significo un enorme retroceso para el trabajo profesional e institucional en el abordaje y resolución de la problemática en cuestión;

Que la tergiversación acerca de la Promoción y Protección de los Derechos de los Niños, ha terminado justificando en muchos casos la idea de que hay que priorizar la familia sin distinguir la gravedad y las situaciones de extrema vulnerabilidad que atraviesan los niños, niñas y adolescentes que conviven en su seno;

Que la manifestación contraria a los resultados logrados por la implementación de la mencionada Ley, no significa en absoluto una postura pro-institucionalización de niños/as que tengan amenazados o violados su derechos, más bien representa la postura frente a la realidad que todos podemos ver pero que las estadísticas intentan invisibilizar;

Que es necesario reclamar a quienes han accedido a cargos de representación con alcance directo para plantear el debate acerca de la necesidad de reformular la presente ley considerando las consecuencias negativas tales como el debilitamiento de las políticas públicas y de la sociedad civil que intentan abordar la problemática, provocando la sensación de insuficiencia de toda acción que se emprenda, el desmantelamiento de equipos especializados y profesionales con el agregado de la exposición cada vez mayor a soportar todo tipo de agresiones, la ausencia de un delineamiento claro de roles, criterios y responsabilidades de cada uno de los eslabones necesarios para articular respuestas eficaces frente a una problemática constante y en crecimiento;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados y a la Honorable Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires, el urgente tratamiento de un Proyecto de Ley alternativo a la actual Ley 13.298 teniendo en cuenta las consecuencias nefastas en las generaciones abordadas desde su reglamentación y puesta en vigencia, sumado al desmantelamiento de recursos humanos.-

ARTICULO 2º: Enviar copia de la presente a los Legisladores Provinciales de la Sexta Sección

///2.-

Electoral.-

ARTICULO 3º: Enviar copia de la presente a los Honorables Concejos Deliberantes de la Sexta Sección Electoral, solicitando adhesión.-

ARTICULO 4º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.898.-.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE 2013.-

 

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