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RESOLUCIÓN Nº 2.904

Expediente HCD.Nº 5.183-B-13.-

VISTO

Que la Localidad de Indio Rico perteneciente a nuestro Partido, desde hace mucho tiempo viene efectuando diferentes reclamos de diversa índole dado que sufren determinadas carencias dentro del ámbito de la administración pública comunal, que los coloca en una situación de desigualdad y/o discriminación;

Que dentro de las carencias que dicha localidad sufre, se encuentra la imposibilidad de tramitar la obtención y/o renovación de los carnets de conductor, que precisamente es el documento emanado por la Administración Pública que autoriza a cada uno de los habitantes a conducir, ya sean motos, motocicletas, automotores, pick-up, camiones, maquinaria agrícola; etc.; y

CONSIDERANDO

Que la carencia de dichos carnets torna imposible el incumplimiento con la legislación vigente y en forma indirecta dificulta el ejercicio de las actividades civiles y productivas de los habitantes de la localidad de Indio Rico;

Que es por demás discriminatorio que los habitantes de Indio Rico se vean en la obligación de dirigirse a la ciudad cabecera de nuestro Partido, al menos dos (2) veces, primero para solicitar turno y luego para realizar el trámite en sí mismo, ello a efectos de la obtención y/o renovación de los carnets de conducir, generalmente un gasto excesivo y desproporcional comparado con el costo del trámite a realizar;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE

RESOLUCIÓN

ARTICULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice el estudio, ajuste técnico y humano necesario para el funcionamiento al menos UN (1) día hábil al mes de de una oficina o puesto Administrativo para la realización de los trámites necesarios para la expedición y/o renovación de carnets de conducir, en la localidad de Indio Rico.-

ARTICULO 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo realice las gestiones que fueren necesarias tanto a nivel nacional como provincial para obtener la instalación en un futuro mediato, de las maquinarias, insumos, software, personal y demás elementos necesarios para el funcionamiento de un puesto Administrativo que posibilite la obtención y renovación de carnets en dicha localidad.-

ARTÍCULO 3º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla a quienes corresponde y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.904.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS TRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE 2013.-

 

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