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RESOLUCIÓN Nº 2.929

EN LA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA (03-04-14). SE DIO TRATAMIENTO A LA RESPUESTA EMITIDA POR EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS, ARQ. BEBER. SIENDO APROBADA POR MAYORÍA EL PASE A SECRETARIA.

Expediente HCD.Nº 5.244-B-13.-

VISTO

Que el Señor CLAUDIO ENRIQUE BULACIO fue un hombre de bien y un apasionado por el deporte;

Que su forma de vida debe ser un ejemplo para las generaciones futuras de nuestra ciudad;

Que existe una Ordenanza que regula la imposición de nombres a los sitios públicos; y

CONSIDERANDO

Que es nuestro deber reconocer a aquellas personas que han dejado una huella imborrable en nuestra sociedad;

Que la Ordenanza 3.155/00 en sus Artículos 11º y 12º establece que:

“ARTICULO 11º: Para la imposición de nombres a sitios públicos y emplazamientos de monumentos y bustos, deberán llevarse a cabo de acuerdo a lo establecido, debiendo mediar un lapso de diez (10) años entre el acto declaratorio y el fallecimiento de la persona cuyo nombre desee imponerse.-

ARTICULO 12º : Hasta tanto no se cumplan los diez (10) años requeridos, se podrán emplazar un monolito y/o una placa recordatoria cuyas dimensiones no podrán superar los 60 centímetros por 40 centímetros”.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CORONEL PRINGLES, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE

RESOLUCION

ARTICULO 1º : Solicitar al Departamento Ejecutivo la colocación de una placa recordatoria al atleta CLAUDIO ENRIQUE BULACIO, en el gimnasio a cielo abierto ubicado sobre la rambla de la Avenida Presidente Frondizi entre las calles Pellegrini y San Martín, de la ciudad de Coronel Pringles.-

ARTICULO 2º: Firmar la presente en dos ejemplares, registrarla, comunicarla y archivarla.-

REGISTRADA BAJO EL Nº 2.929.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE FEBRERO DE 2014.-

 

 

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